Una sentencia reconoce como indefinido a un trabajador interino del Ayuntamiento
CSIF Córdoba ha informado de una sentencia ganada por sus servicios jurídicos al Ayuntamiento de Córdoba ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que confirma el derecho de un trabajador del consistorio a ser reconocido como indefinido no fijo al estar prestando servicio a esta administración como personal laboral desde hace más de tres años.
El sindicato recuerda en una nota que esta resolución judicial respalda otra sentencia publicada en junio de 2017 por el Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba.
El TSJA señala que el trabajador municipal prestaba sus servicios en el Centro de Proceso de Datos del Ayuntamiento desde agosto de 2006 con un contrato de trabajo de duración determinada en la modalidad de interinidad. Se da la circunstancia de que su plaza no se incluyó en la oferta de empleo público del Consistorio para su provisión en propiedad hasta 2012, cuando la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público establece en su artículo 70 que “la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años”. En este caso, ese plazo se había cumplido en 2009.
La sentencia desestima, de este modo, el recurso presentado por el Ayuntamiento contra la anterior resolución judicial, además de condenar a la Administración al pago de las costas judiciales.
El responsable del Sector de Administración Local de CSIF Córdoba, Enrique Luque, lamenta que este trabajador haya tenido que esperar tantos años para tener su contrato como indefinido no fijo a pesar de que el Tribunal Supremo fijó doctrina en este sentido en septiembre de 2009 y a que ya existía una sentencia a favor de las tesis del trabajador del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba desde hacía un año y medio. Por este motivo, el dirigente sindical reclama al Ayuntamiento que acate la resolución judicial y cese en este tipo de actuaciones administrativas.
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