Urbanismo protege los cines de verano de Córdoba como suelo deportivo
La normativa urbanística de Córdoba no protege específicamente la figura de los cines de verano. Ni el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) ni el Plan de Especial Protección del Casco Histórico (PEPCH) marcan como uso prioritario la proyección de películas para el Cine Fuenseca, el Cine Olimpia, el Cine Delicias (propiedad de Esplendor Cinema) y el Coliseo San Andrés (propiedad de la familia Cabrera).
Según las normas urbanísticas, el uso prioritario es el deportivo en los solares del Casco Histórico donde tradicionalmente desde hace décadas los cordobeses han disfrutado del cine de verano, que permanecen cerrados desde la inesperada muerte de Martín Cañuelo, que era el empresario que gestionaba los cuatro.
Este martes se ha hecho público que los herederos de Cañuelo, sus dos sobrinos, quieren vender Esplendor Cinema y, con ello, los tres cines de verano de su propiedad. La cuestión está en qué tipo de empresa podría hacerse con estos espacios y para qué fin, dado que la protección urbanística de la que supuestamente gozan sólo obliga a un uso deportivo o cultural (este último de temporada).
El Plan de Especial Protección
Concretamente, en el PEPCH estos cuatro espacios tienen la misma calificación, al estar inscritos en el Catálogo de Bienes Protegidos: se les considera jardines públicos. En cuanto al uso cultural, el redactado del Plan de Especial Protección es un tanto ambiguo y dice textualmente que los cines de verano se califican “para albergar pistas polideportivas al aire libre, compatibles con su uso como espectáculo de temporada”.
¿Esto qué supone? Pues que en ellos se puede instalar una empresa exhibidora, pero también una compañía teatral, una promotora musical o una empresa deportiva que quiera montar pistas de pádel. Además, también se permite el uso hostelero, si bien siempre debe estar asociado al uso cultural.
En cuanto al PGOU de 2001, la máxima norma urbanística de la ciudad, estableció el uso deportivo para lograr que la vecindad pudiera disfrutar de estos generosos espacios fuera de la temporada de proyecciones. No para todos: sólo lo hizo para el Fuenseca, el Delicias y el Olimpia, mientras que para el Coliseo de San Andrés establecía uso exclusivamente cultural.
Aquella norma urbanística, que sigue hoy vigente, recogía que los cines Fuenseca, Delicias y Olimpia eran propiedades de interés para el Ayuntamiento, que planeó comprarlas para así salvaguardar su protección. Pero la compra nunca se llevó a cabo. En aquel momento, los cines pertenecían al empresario Rafael Gómez 'Sandokán', a quien se los acabó embargando Hacienda. Finalmente, salieron a subasta en 2014, cuando Martín Cañuelo y Esplendor Cinema, que llevaban desde los años 80 gestionándolos, se hicieron con ellos.
El papel del Ayuntamiento y de la Junta
¿Podría comprar los cines ahora el Ayuntamiento de Córdoba? Parece dudoso, pero desde luego ya hay un precedente. El Consistorio sí compró el Cine Andalucía. Lo que pasa es que ese no ha acabado como cine de verano, sino que, tras un calvario de proyectos, ha acabado convertido en una instalación deportiva y vecinal.
Por otra parte, el Ayuntamiento de Córdoba ha tenido un convenio de colaboración activo con Esplendor Cinema para dinamizar sus tres cines fuera de la temporada estival. Un acuerdo que ha llevado a que el Fuenseca acoja, por ejemplo, el concierto de clausura de último Cosmopoética o las actividades de Jardín Alhambra; o a que el Delicias celebrara un festival de flamenco durante los Patios de Córdoba.
Sin embargo, si a lo que se aspira es a proteger los cines de verano, el papel clave puede ser el de la Junta de Andalucía, que podría declarar estos espacios como Bien de Interés Cultural (BIC), lo cual le daría el mayor nivel de protección e impediría que acabaran convertidos en complejos deportivos o terrazas de verano justificadas con una programación cultural.
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