La jueza de Montoro pide a Adif un informe sobre si realizó las obras para las que avisó 24 horas antes
La magistrada Cristina Pastor, titular del Juzgado de Instancia e Instrucción número 2 de Montoro, ha dictado una nueva providencia en la que estrecha el control sobre las actuaciones de Adif en la zona del accidente ferroviario de Adamuz. En esta resolución, la jueza otorga a la empresa pública un plazo de diez días para que informe oficialmente si finalmente ejecutó las tareas de mantenimiento que notificó de forma urgente para la noche del pasado 3 de marzo. Además, modifica el criterio establecido en su providencia del 5 de marzo sobre el que Adif se debe regir a la hora de hacer alguna intervención en la vía.
En el caso de que dichos trabajos se llevaran a cabo, Adif deberá detallar en qué consistieron exactamente y si supusieron el “acopio o la retirada de material ferroviario”, especificando su ubicación y el lugar donde se encuentra depositado actualmente. Esta exigencia responde a la controversia generada cuando la compañía comunicó con apenas un día de margen su intención de sustituir 36 metros de vía en el punto kilométrico 317,264, situado a solo un kilómetro del lugar del siniestro.
La providencia también sirve para aclarar conceptos técnicos tras un requerimiento previo de Adif. La magistrada, en consonancia con el criterio del Ministerio Fiscal, ha delimitado el “tramo de Adamuz” sujeto a supervisión judicial como el comprendido entre los puntos kilométricos 321+098 al 315+974. Como norma general, la jueza ha ratificado que Adif debe abstenerse de realizar obras en dicho tramo sin un preaviso mínimo de 15 días y la correspondiente autorización judicial previa.
Asimismo, la magistrada ha querido aclarar qué son tareas de mantenimiento: toda actuación que suponga una “intervención o alteración material” sobre las instalaciones o cualquier elemento físico de la vía. Por el contrario, Adif podrá seguir realizando libremente las labores de control, vigilancia y supervisión necesarias para la seguridad de la circulación, siempre que no impliquen tocar o modificar la infraestructura.
No obstante, la nueva resolución de la jueza modifica su anterior providencia en el sentido de que Adif no deberá cumplir el plazo de 15 días para aquellas actuaciones que requieran una “intervención inmediata por motivos de seguridad”. En estos casos excepcionales, la empresa deberá informar de inmediato al órgano judicial tras realizar los trabajos, justificando debidamente los motivos que impidieron la notificación previa.
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