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Una juez anula el despido de una delegada de personal del Imdeec

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Alfonso Alba

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En su sentencia, la magistrada se refiere a la Constitución para ordenar el reingreso de la trabajadora en el Instituto Municipal de Empleo

La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba ha anulado el cuarto despido (de los cinco totales) que el Ayuntamiento ejecutó en el Instituto Municipal de Empleo y Desarrollo Económico de Córdoba (Imdeec). Los tres anteriores, aún queda un quinto despedido en los tribunales pero su sentencia no se espera hasta noviembre, fueron considerados despidos improcedentes. Pero en esta ocasión, el fallo del tribunal es distinto por una cuestión: la trabajadora despedida era la delegada de Personal en el Imdeec por CCOO.

En el punto cinco de los fundamentos de derecho de la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, la juez es muy contundente al asegurar que el Ayuntamiento ha atentado contra los derechos fundamentales de esta trabajadora solo por ser delegada de Personal. La juez enumera tres derechos de los trabajadores que, a su juicio, habrían sido lesionados: “el derecho contra la libertad sindical y la representación de los trabajadores de la empresa, que se ha puesto de manifiesto en la constatación de que de cinco extinciones de trabajo en una plantilla de 23 trabajadores tres son delegados sindicales y uno además delegado de sindical” -se despidió al delegado de CTA, la de CCOO y el de UGT; “se atenta a los principios y derechos de igualdad, pues no existe en carta extintiva ningún fundamento que justifique la extinción de los contratos de los 'señalados' por la empresa”; y “por último denuncia la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos tutelada en el artículo 9.3 de la Constitución Española”.

La magistrada apunta, además, que según el plan de ajuste elaborado por el Ayuntamiento en el departamento en el que trabajaba esta despedida solo sobraba un empleado, cuando fueron finalmente despedidos dos (el otro es el delegado sindical de CTA, Ángel Gómez Puerto, que tendrá su vista judicial en noviembre y que ha puesto el caso en manos de la Fiscalía de Córdoba por violación de sus derechos fundamentales).

De momento, el Imdeec se ha desprendido ya de una de las cinco personas despedidas. Se trata de la primera persona que acudió a los tribunales y ya cuenta con una sentencia a su favor, que considera su despido improcedente. El consejo rector del Imdeec votó, gracias al voto de calidad de su presidente, Rafael Navas, que se indemnizara a este trabajador. Ahora, se tiene que convocar un nuevo consejo para determinar que pasa con los otros dos trabajadores con sentencia, que también han sido considerados en los tribunales como despidos improcedentes. En el caso de esta cuarta trabajadora, el Imdeec no tiene más remedio que readmitirla de nuevo y además pagar unos costes de salario de tramitación de unos 30.000 euros. Sin embargo, tiene un plazo de cinco días para poner un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), algo que con la contundencia de la sentencia (que cita además la firmada por el juez que anuló varios despidos en el Instituto Municipal de Deportes) no parece probable.

IU HABLA DE PREVARICACIÓN

Por su parte, el portavoz del grupo municipal de IU, Francisco Tejada, ha denunciado esta mañana que el gobierno municipal podría estar incurriendo en un delito de prevaricación con estos despidos. Según Tejada, estos trabajadores (los del Imdeec despedidos también) se rigen por el convenio colectivo del Ayuntamiento. Este convenio establece que será el empleado el que una vez obtenida la improcedencia de su despido decida si quiere reincorporarse o, en cambio, cobrar una indemnización.

Tejada puso como ejemplo el caso de los dos trabajadores del zoológico de Córdoba (los que se encerraron en sus jaulas) que finalmente y tras un fallo judicial han optado por acogerse a la readmisión. Esta readmisión será aprobada el viernes por el Pleno ordinario del mes de agosto, adelantado. El portavoz de IU ha asegurado que en este presunto delito de prevaricación estarían incurriendo los concejales del PP en el Imdeec que votaron a favor de la indemnización de la primera trabajadora despedida: Rafael Navas, José María Bellido, Carmen Sousa y Amelia Caracuel. El portavoz de IU aseguró que no descarta acudir a los tribunales con su formación.

RESPUESTA DE NAVAS A IU

El presidente del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo (Imdeec), Rafael Navas, ha acusado al portavoz de IU, Francisco Tejada, de “ocultar de forma intencionada la literalidad del artículo 20 del convenio colectivo del Ayuntamiento”, cuando esta normativa especifica que el trabajador cuyo despido haya sido declarado improcedente o nulo podrá optar entre la indemnización o la readmisión siempre que “haya pasado proceso selectivo para el puesto”, algo que no ha sucedido en ninguno de los trabajadores despedidos del Imdeec.

Navas ha solicitado al secretario general de este instituto municipal un informe para avalar las últimas decisiones adoptadas por el consejo rector del mismo “frente a las mentiras con las que Tejada quiere confundir a los cordobeses para limpiar la gestión de IU y PSOE al frente de este organismo, que no tuvo nada de ejemplar”. “Tejada huye hacia adelante con estas actitudes que ponen de manifiesto el riesgo en el que estuvo la ciudad cuando fue gobernada por esta coalición”, ha añadido.

En el informe del secretario general del Imdeec se afirma que la decisión que adopte este instituto municipal, “bien sea la readmisión o bien sea la indemnización de cualquiera de los trabajadores afectados por sentencia judicial que haya declarado el despido como improcedente, dicha opción que se adopte es totalmente libre y no está sujeta a limitación legal alguna, correspondiendo ejercitar dicha opción exclusivamente al Imdeec”.

Además, se expone que para que el trabajador pueda elegir entre una posibilidad u otra “tendría que acreditarse que hubieran superado previamente un proceso selectivo”, pero que “ninguno de los cinco trabajadores afectados por las respectivas amortizaciones de plazas han acreditado haber superado previamente un determinado proceso selectivo”.

En este documento se detalla que los acuerdos tomados por el consejo rector del Imdeec en este asunto no sólo cuentan con el respaldo del convenio colectivo municipal vigente, sino que además cumplen con los artículos 56.1 del Estatuto de los Trabajadores y 110 de la Ley de la Jurisdicción Social, según ha informado el Ayuntamiento a través de una nota de prensa.

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