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Comienza la tramitación del decreto de sequía en previsión de que el ciclo seco se extienda

Riego en campos de cultivo | PIXABAY

Redacción Cordópolis

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El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento del inicio, por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de los trámites para la aprobación del decreto por el que se regulan las condiciones de entrada y salida en situación de sequía en el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía, así como las medidas a adoptar en las zonas afectadas.

El inicio en 2018 de un periodo seco en Andalucía se ha venido prolongando hasta la actualidad por la falta de precipitaciones a lo largo del último año y comienzos del presente, especialmente grave en áreas de las provincias de Huelva y Cádiz.

En las recientes reuniones mantenidas por los diferentes comités de gestión se ha puesto de manifiesto que, en un momento en que las aportaciones que se esperan son mínimas coincidiendo con el inicio de la época de máxima consumo, varios sistemas comenzarían el próximo año hidrológico 2020-2021 (octubre) con reservas inferiores a los dos años o incluso entorno a un año nada más.

Las aportaciones a embalses en el último año hidrológico 2018-2019, que llegaron en algunas zonas escasamente al 40% de los valores medios, han descendido aún más a lo largo de estos primeros meses de 2020, situándose en un intervalo entre el 25 y el 10% de la media en el ámbito de los Sistemas de Explotación del Campo de Gibraltar, en la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas; en el Sistema Barbate en la Demarcación Hidrográfica del Guadalete-Barbate, y en el Sistema Corumbel, en la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras, muy próximos a mínimos históricos.

Igualmente, el déficit pluviométrico termina afectando a la recarga de los acuíferos, lo que puede llegar a tener efectos sobre la garantía del abastecimiento en algunas poblaciones que se suministran exclusivamente de recursos subterráneos.

Corresponde a la Junta de Andalucía la regulación y gestión de las situaciones de alerta y eventual sequía y la forma de aprovechamiento de las infraestructuras, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación básica sobre la materia. El actual Gobierno andaluz tramita en la actualidad los planes especiales de sequía que establece la Ley de Aguas de Andalucía de 2010 y que el anterior Ejecutivo no desarrolló.

No obstante, en la actualidad resulta necesario adoptar no solo medidas de gestión, sino también de ejecución de infraestructuras para aumentar la garantía de satisfacción de las demandas, de forma que la Administración hidráulica actúe con suficiente antelación en previsión de que el ciclo seco se extienda, disponiendo de una herramienta legal que permita gestionar en las mejores condiciones una eventual situación de escasez grave.

Definición de medidas a adoptar

Mediante el Decreto Ley 2/2020 de 9 de marzo de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva en Andalucía, ha sido añadida una nueva Disposición Adicional a la Ley de Aguas de Andalucía, que recoge una previsión para circunstancias de sequías extraordinarias, de sobreexplotación grave de acuíferos o, en similares estados de necesidad, urgencia o concurrencia de situaciones anómalas o excepcionales, posibilitando así al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería, adoptar mediante decreto las medidas precisas.

Dicha norma habrá de regular las condiciones de entrada y salida en situación de sequía y definir las medidas a adoptar en las zonas afectadas en función de la situación hidrológica, incluyendo las medidas a aplicar con carácter general, las facultades para modificar las condiciones de utilización del dominio público hidráulico y la ejecución de obras para hacer frente a las situaciones de sequía excepcional, todo ello con la finalidad de la ordenación y protección de los recursos hídricos para preservar los intereses generales.

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