El Ayuntamiento renuncia a vender entradas de la Mezquita a cambio de ampliar el horario del Patio de los Naranjos
La alcaldesa de Córdoba, Isabel Ambrosio, y el deán-presidente del Cabildo Catedral de Córdoba, Manuel Pérez Moya, han suscrito este viernes un acuerdo de cooperación para la continuación y desarrollo de la visita audiovisual nocturna a la Mezquita-Catedral de Córdoba. Como gran novedad, aparece reflejado en el convenio que el Ayuntamiento renuncia a la venta de entradas del espectáculo, algo que no ha hecho en los ocho años en que ha estado en vigor pese a constar en el documento, a cambio de que el Patio de los Naranjos esté más horas abierto.
Según ha informado el Ayuntamiento a través de una nota de prensa, su fin es “articular la cooperación de ambas entidades intervinientes para la continuación y desarrollo de una visita audiovisual nocturna a la Mezquita-Catedral de Córdoba”, que fue implantada en dicho monumento mediante convenio de colaboración suscrito el 24 de febrero de 2006, novado más tarde mediante acuerdo firmado el 17 de agosto de 2010, “conscientes de la importancia que representa el conocimiento riguroso del valor religioso, artístico y cultural de este Monumento en la Ciudad de Córdoba”.
Así, la Mezquita-Catedral de Córdoba seguirá contando con la visita audiovisual nocturna, en virtud de este acuerdo de cooperación que entrará en vigor en el momento de su firma y estará vigente con un período de dos años prorrogables por mutuo acuerdo de ambas partes de forma automática si no media denuncia fehaciente de cualquiera de las partes.
Como novedad, su cláusula cuarta recoge que el Ayuntamiento de Córdoba y el Cabildo Catedral de Córdoba acuerdan que el Patio de los Naranjos permanezca abierto a la ciudadanía todo el día, desde la hora de apertura del Monumento hasta el inicio de los pases nocturnos regulados en este acuerdo, siempre y cuando la actividad religiosa, cultural, artística o monumental lo permitan“.
Esta ampliación del horario de apertura del Patio de los Naranjos se realiza en virtud de la renuncia del Ayuntamiento a efectuar la comercialización de la venta de entradas, así como, obviamente, a cualquier beneficio económico que se derivase de aquella. La cláusula quinta, que abunda en la regulación de aspectos económicos, estipula que corresponde al Cabildo Catedral la gestión y organización de la visita audiovisual nocturna, asumiendo, entre otros, los gastos de mantenimiento de la misma.
Se detalla, por último, que corresponde al Cabildo Catedral la relación económica con los visitantes; que la venta de entradas se llevará a cabo a través de los cauces habituales del sector turístico (venta en taquilla y en las diversas formas de venta anticipada que estipule el Cabildo), que establecerá asimismo el precio de las entradas. Y que los horarios y días de visitas serán fijados por el Cabildo anualmente, debiendo quedar supeditados siempre a las necesidades de culto propias de la Catedral.
Este acuerdo de cooperación tiene naturaleza civil, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico civil. Para cualquier cuestión litigosa que surja derivada de la interpretación y/o ejecución del mismo, ambas partes se someterán a un arbitraje de equidad de tres personas, designadas una por cada parte y una tercera de común acuerdo entre las partes. Para todo lo demás, quedan sometidos expresamente a la jurisdicción de los tribunales de Córdoba, concluye el texto del acuerdo.
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