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Archivada otra vez la denuncia de las inmatriculaciones

Triunfo de San Rafael inmatriculado por la Diócesis de Córdoba | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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El exconcejal Carlos Baquerín remite un escrito al Juzgado en el que anuncia que “desiste” de seguir adelante con el proceso judicial pese a entender que sigue habiendo causa | Baquerín dice que “a otros mandatarios públicos corresponde ahora la responsabilidad de velar por la integridad del patrimonio público local y por el interés general”

Archivada por segunda vez. El Juzgado de Instrucción número seis de Córdoba ha tumbado el recurso que en su día interpuso el exconcejal de UCOR Carlos Baquerín contra el primer sobreseimiento de la denuncia por lo penal que impuso contra las inmatriculaciones de distintos bienes llevados a cabo por el Obispado de Córdoba en la ciudad. Entonces, el juez consideró que no había causa penal. Ahora, se mantiene en sus argumentos, pero abre la puerta a Baquerín a que presente un recurso de apelación ante una autoridad judicial superior.

Sin embargo, y pese a entender que sigue habiendo causa penal investigable, Baquerín ha anunciado en un escrito que ha presentado ante el Juzgado que “desiste” de seguir adelante con el recurso de apelación. En el escrito, al que ha tenido acceso este periódico, asegura que “careciendo en este momento ya de la condición de autoridad pública y por ende de las especiales obligaciones y cargas que en defensa del interés público local le venían siendo legalmente impuestas” desiste finalmente de interponer el recurso de apelación contra el auto del pasado mes de junio. Así, insiste en que “resulta evidente” que “aun habiendo causa, a otros mandatarios públicos corresponde ahora la responsabilidad de velar por la integridad del patrimonio público local y por el interés general y también la obligación de adoptar contra quienes pudieran lesionarlos las medidas legales y procesales que en justicia correspondan y que la ley admita; o hasta imponga, como ha sido el caso”.

El juez Armando García, titular de Instrucción 6, asumió a principios de año tanto la denuncia de Baquerín como la que posteriormente interpusieron varios exalcaldes de Córdoba contra el proceso de inmatriculaciones. El pasado 6 de junio, decidió archivar las dos denuncias. Así, consideró que los hechos denunciados carecen manifiestamente de contenido penal, dado que la inmatriculación de bienes inmuebles por parte de la Diócesis está amparada por la Ley Hipotecaria.

El magistrado, Armando García, asegura, no obstante, que “se trata de una cuestión de legalidad ordinaria o en su caso constitucional o de normativa europea, que tienen sus cauces específicos en nuestro ordenamiento jurídico”. Es decir, que la denuncia no debía haberse presentado por lo penal. De hecho, el juez asegura que algunos de estos cauces ya se han iniciado, “pero en ningún caso ello implica o supone la comisión de delitos como los denunciados”.

La instrucción del caso concluye que “todas las inmatriculaciones se han realizado en cumplimiento estricto de la legalidad vigente y que han sido supervisadas por los registradores de la propiedad, contra las cuales caben interponer los recursos correspondientes tanto en vía administrativa como judicial”, según consta en el auto.

En este sentido, el auto del juez señala que la Mezquita fue adquirida por la Diócesis mediante donación del rey Fernando III en el año 1236 y, desde entonces, ha sido poseida de manera pública pacífica y no interrumpida en concepto de dueño.

En relación a la Mezquita, el magistrado hace suyas las afirmaciones esgrimidas por la Diócesis, al expresar que “tras las correspondientes averiguaciones se concluyó de manera inequívoca tanto por parte del área de Defensa Patrimonial de la Dirección de Patrimonio del Estado como por parte de la Delegación de Economía y Hacienda de Córdoba (con informe del abogado del Estado ante la denuncia de un particular y en resolución motivada) que la denuncia carecía manifiestamente de fundamento procediendo a su inadmisión”. El juez también asegura que la Junta pidió un informe, pero sus conclusiones “se desconocen hasta el momento”

Asimismo, en relación con el Triunfo de San Rafael, según la asesoria jurídica del Ayuntamiento de Córdoba, no existe ningun documento que acredite o sirva para acreditar que el monumento perteneció en algún momento histórico al Ayuntamiento de Códoba. Como se aclara en el auto, el simple hecho de que se utilicen servicios públicos en su limpieza o adecentamiento no debe presuponer la titularidad de los bienes.

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