El alcalde de Nueva Carteya (IU) va a juicio por conflicto de ruidos los días 9 y 10 de diciembre
La Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba ha fijado para los días 9 y 10 de diciembre el juicio contra el alcalde de Nueva Carteya, Vicente Tapia (IU), que se enfrenta a seis años y cuatro meses de cárcel, acusado de cooperar en delitos contra el medio ambiente por contaminación acústica, lesiones y prevaricación, así como el propietario de un hostal-restaurante del municipio por el ruido que supuestamente genera su local, a quien le piden cuatro años de prisión, todo ello después de denunciar una familia, que requirió atención médica.
Además, el primer edil se enfrenta a multas de 17.100 euros; inhabilitación para cargo público durante 14 años, e inhabilitación especial para profesión u oficio de gerente de restauración por tiempo de cuatro años, mismo tiempo de inhabilitación que el Ministerio Público solicita para el dueño del local, así como multa de 6.300 euros, como presunto autor de delitos contra el medio ambiente por contaminación acústica y lesiones.
Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales y ha adelantado el diario 'ABC', después de que el juicio fuera suspendido sin fecha a finales de noviembre de 2019. Según recoge la calificación de la Fiscalía, a la que ha tenido acceso Europa Press, desde el año 2007 el propietario del establecimiento ha organizado todo tipo de celebraciones, para lo que ha utilizado las instalaciones del hotel y dos carpas instaladas en un recinto anexo, “que no cuentan con ningún tipo de licencia”.
Al respecto, el domicilio de los denunciantes dista de las carpas unos ocho metros y la actividad referida, según detalla el Ministerio Público, “se desarrollaba con un alto nivel de ruido, que se agrava con la ubicación en zona residencial”, además del horario nocturno de muchas celebraciones, en las que los invitados salen frecuentemente a la zona entre las carpas y el hotel.
En este sentido, la familia perjudicada --un matrimonio y sus hijos-- han formulado un total de 35 denuncias en diez años ante la Policía Local y han manifestado la situación al regidor desde el año 2007. Si bien, según la Fiscalía, el Ayuntamiento y su alcalde no han acordado medida alguna para solucionar o paliar el problema, ni se ha incoado procedimiento sancionador, ni se ha inspeccionado. Sus denuncias ante la Guardia Civil y el juzgado de guardia en 2016 motivaron la apertura de diligencias.
Desde abril de 2016 la mujer afectada ha recibido en múltiples ocasiones asistencia médica y ha precisado de tratamiento médico por trastorno adaptativo con depresión, que “remite en función de la disminución del ruido”, según explica el Ministerio Público, que agrega que el varón perjudicado ha sufrido malestar, que ha sido objeto de atención médica.
Cabe señalar que el día 24 de abril de 2018 se acordó en un auto el cese de actividad bajo la carpa del local y “no consta que la actividad haya continuado bajo las carpas, aunque sí en el restaurante del hostal”.
En este caso, el abogado del perjudicado aclaró hace unos meses que él no denunció directamente al alcalde y a un vecino, sino que denunció “por los insoportables, continuos y perjudiciales ruidos provocados por la celebración de eventos en la gran carpa, sin licencia, situada en una parcela anexa al hotel-restaurante”.
Por tanto, “en ningún momento denunció al alcalde, limitándose a poner en conocimiento de las autoridades locales las molestias sufridas”, detalló, para agregar que no se adoptó “ningún tipo de medida por parte del Ayuntamiento”. Ello originó que el juzgado incoase diligencias sobre el asunto y que, tras tomarles declaración, investigara tanto al alcalde, como al propietario del hotel-restaurante donde se celebraban los eventos.
Asimismo, precisó que “el caso no obedece a un conflicto entre vecinos en el que una de las dos partes finalmente ha decidido denunciar al considerarse perjudicada ante la supuesta emisión de ruidos generados por el desarrollo ocasional de la actividad de hostal-restaurante”, ni a “la supuesta emisión de ruidos, ni ocasional actividad”.
Al respecto, indicó que “el exceso de ruido ha sido constatado por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, perteneciente a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, emitiendo un informe técnico sobre la afección acústica de las celebraciones desarrolladas en las carpas ilegales sobre la vivienda de los denunciantes”.
En este sentido, dicho informe concluye que “ninguno de los equipos de música utilizados tiene instalado un controlador-limitador acústico, arrojando un resultado superior para las áreas acústicas objeto de la prueba, según los términos del Real Decreto 1367/2007”, de manera que el resultado del informe de ensayo ha sido “desfavorable”.
Además, expuso que “las 35 denuncias interpuestas evidencian que la actividad no ha sido ocasional, más aún cuando todas las celebraciones se comprendían en un corto período de tiempo, fundamentalmente, en los meses de primavera y verano”.
Mientras, comentó que “es cierto que ha tenido lugar algún encuentro entre las partes”, pero “ni han sido diversos, ni han servido para nada, pues ninguna medida ha adoptado ni el propietario del hotel-restaurante, ni el Ayuntamiento para evitar o minorar los graves perjuicios derivados de los acreditados y desproporcionados niveles de ruido”.
“UN PUNTO DE DIFÍCIL RETORNO”
Entretanto, el letrado aseguró que su cliente ha intentado “evitar la judicialización del problema, no habiendo sido posible alcanzar un acuerdo entre las partes”, si bien “lamentablemente, ni el propietario del hostal-restaurante, ni el alcalde, ni el Ayuntamiento han tomado cartas en el asunto hasta que el procedimiento judicial ha alcanzado un punto de difícil retorno”.
Igualmente, mostró “el más absoluto respeto” a la petición del Ministerio Público, al tiempo que agregó que “no hay más perjudicados” que sus representados y sus hijos, “quienes han tenido que soportar los gravísimos perjuicios derivados de la expresada situación, ante la impasible actitud de las demás partes”.
EL AYUNTAMIENTO
Por su parte, según detalló el Ayuntamiento en una nota, el caso obedece a “un conflicto entre vecinos en el que una de las dos partes finalmente ha decidido denunciar al considerarse perjudicada ante la supuesta emisión de ruidos generados por el desarrollo ocasional de la actividad de hostal-restaurante”.
En este sentido, desde la Alcaldía manifestaron que “se han mantenido diversas reuniones con ambas partes a lo largo de los últimos años con la clara intención de evitar cualquier tipo de molestia que se pudiera derivar de dicha actividad”.
Una vez que se judicializa este asunto, el juzgado ha iniciado las actuaciones previas, dictándose a continuación auto donde el Ministerio Público ha presentado escrito de acusación provisional por contaminación acústica en el que pide cuatro años de cárcel para Vicente Tapia por la supuesta comisión de un delito contra el medio ambiente y lesiones y dos años y cuatro meses por prevaricación medioambiental, además de inhabilitación e indemnización económica.
Aunque la petición del fiscal es provisional, “pudiendo pasar incluso varios años hasta que se resuelva definitivamente este asunto”, desde el equipo de gobierno han mostrado su “malestar e indignación por considerarla desproporcionada e injustificada”, toda vez que creen “firmemente que el Consistorio ha obrado correctamente en este asunto, adoptando las medidas oportunas desde que se tiene conocimiento del informe técnico de acústica”.
Entretanto, el gobierno local subrayó hace unos meses que “aporta la claridad que siempre ha caracterizado” su forma de proceder y de igual manera se lo transmitieron al grupo de la oposición en la Junta de Portavoces celebrada el día 7 de marzo.
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