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Absueltos todos los acusados de una redada antidroga en la calle Torremolinos

Droga y efectos intervenidos en la operación Roble.

Manuel J. Albert

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La Sección Número 3 ha absuelto a los cuatro detenidos el 31 de octubre de 2014 en una importante operación antidroga realizada por la Policía Nacional en la calle Torremolinos, uno de los puntos más conflictivos de Córdoba. Todos estaban acusados de delitos contra la salud pública por tráfico de cocaína y estaban defendidos por los letrados Marcos Santiago, Juan Cano y Francisco Joaquín Sosa. La redada, bautizada como operación Roble, fue hecha pública por la propia Policía en una nota de prensa.

Según la policía, todos los implicados -familiares entre ellos- se repartían las tareas de tal forma que un matrimonio de mayor edad se ocupaba de guardar la cocaína en su domicilio particular, a cambio de una comisión, mientras que un segundo matrimonio sería el encargado de la venta directa al por menor de la droga en otro inmueble ubicado en la misma calle.

Por otro lado, los investigadores determinaron la participación en los hechos de una quinta persona, la cual estaría encargada del transporte de sustancias estupefacientes entre ambos domicilios, para ir reponiendo en el piso de venta directa pequeñas dosis de droga poco a poco. Finalmente, la Fiscalía retiró las acusaciones sobre esta persona.

El día de la redada, la sentencia recoge que los agentes encontraron en el primer domicilio reseñado 508 euros entre billetes y moneda fraccionada, un anillo dorado con una piedra transparente, una tablet, tres teléfonos móviles, dos videoconsolas y un mando de consola, un reproductor de música de un vehículo, y catorce prendas de ropa de diversos establecimientos comerciales, con el sistema de alarma todavía puesto. En cambio, en el segundo domicilio no encontraron nada relevante.

Pero mientras se practicaba la diligencia de entrada y registro en el segundo domicilio los agentes policiales que se encontraban en el exterior los policías “vieron cómo desde una ventana del bloque se arrojaba una cartera o bolsita que contenía en su interior a su vez cuatro bolsitas, que contenían tres de ellas cocaína y una de ellas heroína”, señala la sentencia.

No obstante, “no se ha acreditado suficientemente que la cartera con las indicadas bolsas fuera arrojada” desde la ventana que indican los agentes ni “que los acusados se dedicaran a la venta de sustancias estupefacientes, en concreto cocaína, sirviendo de punto de distribución el domicilio”, sentencia el tribunal.

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