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Apúntate a la objeción fiscal

David Val

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Con este sencillo acto de desobediencia civil conseguimos desviar parte de nuestros impuestos destinados a Defensa a proyectos socioculturales

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Hace unos meses, cuando hice la declaración de la renta me decidí por fin a ello. Ya tocaba. Tras un par de años escuchando charlas y debates sobre el tema me había decidido: Iba a hacer objeción fiscal al gasto militar. Como bien explica la web Nodo50, se trata de un acto de desobediencia civil que consiste en la no colaboración con el Estado a la hora de sufragar los gastos empleados en la preparación de guerras y mantenimiento de la estructura militar, ejército y otros cuerpos armados destinados al control social. Técnicamente se desobedece de forma activa en el momento de realizar la declaración del impuesto del IRPF mediante el desvío de una parte de esos impuestos a un proyecto que trabaje por la justicia social.

¿En qué consiste?

¿En qué consiste?

El gasto militar de 2013 ascendió a 23.604,91 millones de euros, lo que supone un 6,83% de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Esta cifra incluye el gasto de las Fuerzas Armadas, asignado al Ministerio de Defensa u otros Ministerios, y el dinero destinado al control social (cuerpos policiales, gastos penitenciarios, etc.). Sin embargo, atendiendo a que todos los años el gasto ejecutado supera con creces al presupuestado, se calcula que en 2014 el gasto real llegará a los 34.019,88 millones de euros (9,84% de los PGE), lo que supone un gasto de 721,83 euros por persona y año.

Por tanto, teniendo en cuenta que el Estado ha destinado 721,83 euros/persona, para gastos militares, se establece una cuota orientativa para objetar de 84 euros. Teniendo en cuenta que es la persona que objeta quien decide si la cantidad es mayor o menor. De hecho, hay quien objeta los 721,83 euros, pero en ese caso, desde Hacienda suelen hacer una investigación exhaustiva de la declaración de la renta del interesado.

Aun así, y puesto que la administración dispone de tantos medios para recaudar nuestro dinero, resulta complicado determinar la cantidad exacta que nos cobran a lo largo de todo un año. Sin embargo, la Objeción Fiscal es, ante todo, una acción pública y colectiva de denuncia al militarismo y una interpelación a la sociedad. Es mucho más importante el hecho de objetar que la cantidad objetada y, por ello, cualquier cantidad (por pequeña que pueda ser) es válida.

¿Cómo se hace?

¿Cómo se hace?

Lo primero es decidir a qué asociación o colectivo (tienen que tener un NIF) le aportas la cantidad a objetar. Finalmente, me decidí por donar 84 euros a la Casa del Barrio de Carabanchel AltoCasa del Barrio de Carabanchel Alto, una asociación sociocultural que lleva más de cinco años aportando un sinfín de actividades a los vecinos del barrio, supliendo así las carencias del ayuntamiento, que cada vez abandona más a su suerte a los barrios del extrarradio de Madrid.  Lo único que has de hacer es ingresar la cantidad en su cuenta bancaria y adjuntar el recibo a tu declaración de la renta, así como una carta dirigida al director o directora de la Agencia Tributaria explicando el por qué de tu objeción. Existen varios modelos de cartas, yo adjunté este.

Una vez hecho esto, haz la declaración de la renta como siempre hasta llegar al apartado de “Retenciones y demás pagos a cuenta” y emplea uno de los subapartados que no utilices (este año es posible que no puedas utilizar cualquier casilla, pero siempre podrás incluir tu objeción en las casillas 521 522) y en su casilla añade la cantidad que vas a objetar (en mi caso, 84 euros).

Una vez hecho esto, termina la declaración normalmente pero sin olvidar que el resultado de la declaración tiene que verse disminuido –si te sale a pagar- en una cantidad igual a la cantidad objetada o aumentado en dicha cantidad si te sale a devolver, como fue mi caso. Lo más importante –y quizá el mayor engorro-: no puedes enviar telemáticamente la declaración generada con el programa PADRE, sino que tienes que imprimirla y escribir encima de la casilla que has utilizado para incluir tu objeción: “por objeción fiscal al gasto militar”. Cumplimentado esto, tendrás que entregar tu declaración en el banco o caja donde tengas domiciliado el pago.

¿Y sirve para algo?

¿Y sirve para algo?

650.602 euros. Esa es la cifra que gracias a 8 años de objeción fiscal han dejado de engrosar las arcas del gasto militar para pasar proyectos sociales. Según el informe que publica el Grupo Antimilitarista Tortuga, uno de los más activos en difusión de las campañas antimilitaristas, este año la cifra que se ha conseguido destinar a proyectos sociales es de 91.812 euros, un número menor que el de la campaña anterior, que superó los 115.000 euros, algo que se achaca a la comodidad de hacer la declaración vía telemática, pues esa modalidad no permite la objeción. Y también echa para atrás la alegalidad de la acción. “Lo primero que la gente tiene que saber es que la objeción fiscal es desobediencia civil. No es legal, pero tampoco está penalizada, es alegal”,  explica José Manuel López Blanco, de la Asamblea Antimilitarista de Madrid, al periódico Diagonal.

Aun así, al realizarla me sentí mucho mejor conmigo mismo. La experiencia ha merecido la pena y el próximo año volveré a repetir. Pues prefiero que con mis impuestos se financien proyectos sociales antes que armamento, guerra y muerte. ¿Te animas a objetar?

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