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Sobre este blog

Consultor financiero en ahorro-inversión y financiación, ayudo a mejorar las finanzas de las personas y de las empresas. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales (ETEA). Asociado a €FPA España (European Financial Planning Association ). Entusiasmado en compartir ideas básicas sobre Educación Financiera y finanzas personales para que nuestra vida financiera nos resulte más fácil. Amplia experiencia de más de 25 años en diferentes entidades bancarias en dirección, financiación y Banca privada.

Hipoteca inversa, ¿una ayuda a tu pensión?

Llaves de una vivienda.

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Estamos viendo en estos días cómo están surgiendo entidades que están dando a conocer un producto financiero, no tan novedoso, pero que sí nos puede ayudar a complementar nuestra pensión. Se trata de la llamada “hipoteca inversa”.

Nos podemos encontrar con una situación en la que nuestro único ingreso sea la pensión pública y que nos surjan imprevistos a los que no podamos atender sólo con nuestra pensión o que deseemos mantener nuestro nivel de vida anterior a la pensión.

Si no contamos con un ahorro y sólo obtenemos ingresos por nuestra pensión pública, podemos intentar encontrar “un ingreso” complementario que nos ayude.

Tradicionalmente, hemos pensado que el “mejor ahorro” para el futuro era la compra de una vivienda, incluso nos hemos hipotecado durante un largo plazo de años para poder tener una vivienda en propiedad.

Si contamos con nuestra vivienda habitual libre de cargas y deseamos obtener un dinero que nos complemente nuestra pensión, nos podemos dirigir a ciertas entidades financieras a contrata la llamada Hipoteca Inversa.

La Hipoteca Inversa es una modalidad de hipoteca desconocida por la mayoría del público, tan es así, que muy pocas entidades financieras nos la van a poder ofertar para su contratación.

Debemos cumplir una serie de requisitos para poder contratar una hipoteca inversa.

La hipoteca inversa es un producto financiero dirigido a personas mayores de 65 años que posean una vivienda de cierto valor, normalmente sin hipoteca, y que deseen obtener un dinero a través de un préstamo con la garantía de su vivienda.

Por dicho préstamo no pagaremos nada hasta nuestro fallecimiento.

El dinero se podría obtener como una renta mensual hasta el fallecimiento del titular o en forma de capital único a percibir en el momento de constituir la hipoteca inversa.

La operación consiste en constituir un préstamo, por un importe determinado en función de un porcentaje sobre la tasación del valor de nuestra vivienda y de la edad de que tengamos, con la garantía de nuestra vivienda.

En el momento del fallecimiento, los herederos de la vivienda podrán vender dicha vivienda y con el capital recibido cancelar la hipoteca inversa, o bien negociar con la entidad otra hipoteca para cancelar la hipoteca inversa.

Las condiciones financieras dependerán de cada entidad, así como la modalidad de cancelación e importe a percibir en la constitución de la hipoteca inversa.

Como siempre decimos, a la hora de decidirnos por la contratación de un préstamo, debemos buscar entre aquellas entidades financieras que lo comercialicen la mejor oferta que satisfaga nuestras necesidades en función a nuestra situación personal y características de la hipoteca inversa.

Y recuerda, antes de tomar una decisión financiera, conozcamos y seamos conscientes de lo que estamos firmando, de los riesgos y condiciones de nuestra HIPOTECA INVERSA, solos o con la ayuda de un experto.

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Consultor financiero en ahorro-inversión y financiación, ayudo a mejorar las finanzas de las personas y de las empresas. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales (ETEA). Asociado a €FPA España (European Financial Planning Association ). Entusiasmado en compartir ideas básicas sobre Educación Financiera y finanzas personales para que nuestra vida financiera nos resulte más fácil. Amplia experiencia de más de 25 años en diferentes entidades bancarias en dirección, financiación y Banca privada.

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