Paco Montalvo gana el juicio por el que el guitarrista Rafael Trenas le reclamaba la autoría de cuatro canciones

El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Córdoba ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por el guitarrista Rafael Trenas contra Maralvo Music y el violinista Paco Montalvo, al que le reclamaba la autoría de cuatro canciones incluidas en su disco Alma de violín flamenco.
Según la sentencia, que es de hace un año, pero ha sido facilitada a este periódico este martes por el entorno de Montalvo, el guitarrista reclamaba el reconocimiento como autor de los arreglos flamencos de Sevilla por Bulerías de Isaac Albeniz, Malagueña de Pablo Sarasate, Granada de Isaac Albeniz, y Oriental de Enrique Granados, cuatro obras musicales incluidas en el citado disco, así como que los demandados publicitaran e incluyeran su autoría de los arreglos.
Los demandados alegaron que la acción interpuesta por el demandante estaba prescrita al menos en lo que a ella concernía, argumentando que hubo una previa demanda de conciliación, si bien el juez señala que la demanda no reclamaba indemnización económica alguna, entendiendo que no estaba prescrita, alegando, además, que el disco sigue hoy comercializándose sin hacer referencia a la demanda de Trenas de que se acredite su autoría.
No obstante, el punto central del litigio fue determinar si el actor era el autor de la adaptación y los arreglos flamencos de las cuatro piezas musicales mencionadas. Así, el magistrado recordaba en el auto que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que, para que una creación sea una obra protegible por derechos de autor en la Unión Europea, debe ser original.
En este ámbito, el juez destacó que, si bien Trenas registró sus obras mediante partituras, estas contenían acordes del violín interpretado por Paco Montalvo, y que, además, el guitarrista no fue capaz de “aislar” su supuesta creación de forma precisa y objetiva. Así, recuerda la sentencia que tocar la guitarra, por muy virtuoso que se sea, no convierte al intérprete en autor, ya que la autoría se da cuando los acordes son originales, no dirigidos, corregidos o “fiscalizados” por otro.
También refleja la sentencia que la idea original de versionar obras clásicas partió del violinista, que, según asegura el texto juidicial, fue quien dio instrucciones precisas a los músicos, incluyendo al guitarrista, sobre cómo y cuándo debían tocar cada instrumento en cada pieza musical. Según el juez, esta dirección limita el espacio para la libre creación individual del guitarrista, siendo de facto inexistente.
Asimismo, también desestimó el argumento de la demanda que sugería que Montalvo carecía del conocimiento necesario sobre guitarra flamenca o el arte flamenco. La sentencia califica esta afirmación de “gratuita y yerma de toda prueba” y “desafortunado”, basándose en la declaración del perito del demandado, un profesor del conservatorio que aseveró su profundo conocimiento en la materia.
Finalmente, la sentencia señaló que el Sr. Trenas firmó un contrato con el Sr. Montalvo donde aceptó su condición de intérprete ejecutante. Este hecho no fue negado y, para el juez, reafirmaba aún más su conclusión.
Por todo lo expuesto, el juez desestimó la demanda en su totalidad y le impone las costas procesales a Trenas, que, transcurrido un año, no ha interpuesto recurso de apelación.
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