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Cárcel y multa de 540 euros para un testigo que inculpó falsamente a un hombre en un caso de violencia de género

Ciudad de la Justicia

Alejandra Luque

4 de febrero de 2026 21:06 h

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La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena contra un testigo que mintió durante un juicio de violencia de género para respaldar una acusación que finalmente terminó en absolución. El tribunal ha considerado probado que el hombre faltó conscientemente a la verdad en sede judicial, aunque ha reducido la pena al apreciar dilaciones indebidas en la tramitación de la causa.

Según recoge la sentencia, a la que ha accedido este medio, los hechos se remontan a septiembre de 2019, cuando una mujer denunció a un hombre por una supuesta agresión con arma blanca ocurrida en una vivienda de Montilla. Según aquella denuncia, el hombre la había insultado con palabras tales como “puta” y “zorra”, y la habría agredido por la espalda con un cuchillo jamonero ocasionándole varias heridas en la espalda. El procedimiento derivó en un juicio por delito leve que se celebró en marzo de 2021 y que concluyó con la absolución del acusado, al no quedar acreditada la agresión denunciada.

Durante ese juicio compareció un hombre como testigo, quien afirmó haber presenciado una escena compatible con la versión de la denunciante. Sin embargo, su testimonio no se correspondía con la realidad: el lugar desde el que decía haber observado los hechos no permitía visibilidad alguna, incurrió en imprecisiones relevantes y negó falsamente mantener relación previa con la denunciante, extremo que fue desmentido por la prueba documental.

Tras la absolución del acusado por violencia de género, se inició un nuevo procedimiento penal contra el testigo por un delito de falso testimonio. El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba lo condenó inicialmente a siete meses de prisión y multa, además de una indemnización de 500 euros por daños morales al hombre falsamente acusado.

La defensa recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial, que ha fallado que el testigo mintió “de manera radical” durante su declaración judicial. No obstante, el tribunal sí ha estimado parcialmente el recurso al apreciar la atenuante de dilaciones indebidas, al haberse prolongado el procedimiento durante más de cuatro años pese a tratarse de una causa sencilla.

Por este motivo, la Audiencia ha rebajado la pena a seis meses de prisión, una multa de 540 euros y una indemnización de 500 euros sobre que fue falsamente acusado.

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