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La Junta aprobará en los próximos días el decreto que permite limitar los pisos turísticos

Turistas paseando por el Puente Romano de Córdoba

Juan Velasco

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El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, ha anunciado este martes que Andalucía aprobará en los próximos días el nuevo Reglamento de las Viviendas de Uso Turístico, como paso previo a la nueva Ley del Turismo, que cuenta con el consenso del sector y que busca velar por la calidad y la mejor ordenación de esta actividad.

Moreno, que ha participado en el Foro Exceltur 'Propósito y compromiso. Hacia el turismo que todos queremos', que se desarrolla en el marco de la Feria Internacional de Turismo de Madrid (Fitur), ha indicado que esta medida supondrá un mayor control y conocimiento sobre el número de viviendas activas en cada período y sobre quién es su verdadero explotador de estas viviendas y ha manifestado que la norma reconoce la competencia de ayuntamientos para establecer limitaciones, prohibiciones o condicionantes por razones urbanísticas de ubicación o zonificación para que desde éstos se pueda ordenar esta situación.

Asimismo, ha subrayado en un comunicado que el alta de las VUT en el Registro de Turismo se comunicará a los ayuntamientos para que se compruebe su legalidad urbanística y ha avanzado que se incorpora la figura de “empresa explotadora” que no existe en otras regulaciones autonómicas.

“La Administración conocerá qué empresa gestiona profesionalmente los servicios de hospedaje. Con ello se garantizan los derechos de los usuarios y de los terceros al identificarse al prestador real del servicio turístico con independencia de la titularidad del inmueble”, ha señalado.

En este punto, ha destacado que el nuevo decreto incorpora nuevas exigencias de habitabilidad y que se elevan los requisitos de confort y ha aludido a otra novedad importante como es la previsión de celebración de convenios de colaboración para el intercambio de información sobre las VUT. De esta forma, ha abogado por poner “orden, sensatez y pedagogía positiva” en el ámbito turístico y, especialmente, en las zonas urbanas.

El último borrador

El último borrador del decreto, al que tuvo acceso este periódico, ha eliminado el veto a los multipropietarios y los fondos de inversión, a los que, en el primer borrador, sólo permitía explotar un máximo de dos viviendas por persona. De esta forma, los grandes tenedores de vivienda, fondos de inversión o multipropietarios, podrán seguir explotando turísticamente sin cortapisas sus viviendas con uso turístico en todo el territorio andaluz.

Esto no era así en la primera versión, que decía, textualmente: “Solo se podrá poner en explotación turística a través de este tipo alojativo dos viviendas por persona propietaria y solo se podrá ser titular de la explotación de dos viviendas, sea cual sea el título jurídico que le habilite para ello”.

Además, precisaba aquella versión que, “en ningún caso, una misma persona propietaria, indistintamente del porcentaje de dominio, podrá poner en explotación turística, sea por sí misma o a través de una empresa gestora, más de dos viviendas con fines turísticos”. Todas estas limitaciones han desaparecido en el texto que se llevará a aprobación durante el presente mes de enero.

La última versión del decreto -la cuarta- sí que mantiene la prohibición de iniciar un negocio de vivienda turística en inmuebles cuyos estatutos lo prohíban expresamente o donde ya exista un acuerdo por parte de los vecinos para vetar esta figura. Esto da pie a las comunidades de vecinos a que, mediante un acuerdo mayoritario, se evite que se abran pisos turísticos.

También mantiene el último borrador la potestad de los ayuntamientos de limitar esta figura -que pasará a denominarse Vivienda de Uso Turístico (VUT)-. Concretamente, el decreto dice que “los ayuntamientos, por razón imperiosa de interés general, podrán establecer limitaciones proporcionadas a dicha razón, en lo que respecta al número máximo de viviendas de uso turístico por edificio, sector, ámbito, periodos, área o zona”.

Aclara que “dichas limitaciones deberán obedecer a criterios claros, inequívocos y objetivos, a los que se haya dado debida publicidad con anterioridad a su aplicación”. 

Las viviendas con fines turísticos (no son los apartamentos turísticos, que son un negocio hotelero puro), son casas o pisos particulares que un propietario convierte al alquiler para turistas. Para ello, hasta ahora, basta con presentar una declaración responsable y conseguir una licencia de ocupación, aunque la Delegación de Turismo hace un seguimiento de la solicitud antes de aprobarla definitivamente.

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