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Cuando el entorno sí denunciaba la violencia de género ya en 1706 o se hacían divorcios 'por riesgo de vida'

Documentos históricos sobre violencia de género en el Archivo Histórico Provincial de Córdoba

Carmen Reina

23 de noviembre de 2024 21:08 h

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“Al corregidor se le ha dado noticia cómo Christobal de Porras, vecino desta villa, le da mala vida a doña Luisa de Casasola, su mujer, maltratándola así de obra como de palabra”. Este texto forma parte de la primera denuncia sobre violencia de género recuperada por el Archivo Histórico Provincial de Córdoba. Data de 1706 y es un auto de oficio, que pertenecía al Archivo Judicial de Rute (Córdoba). Y destaca también porque, mientras en estos días en torno al 25N se vuelve a llamar actualmente a la concienciación y a la implicación de toda la sociedad para denunciar la violencia de género, estos documentos históricos dan fe de cómo ya a principios del siglo XVIII había quien no miraba para otro lado y daba el paso legal ante hechos violentos contra la mujer conocidos en su entorno.

La investigación de los expertos muestra cómo esta denuncia de 1706 se formulaba de manera ánonima, si bien se sabe que se trataba de un vecino “que parece ser el padre de la agredida”, explican a este periódico. Y cómo, a continuación, los documentos dan fe de que encarcelaron al marido -“que niega los malos tratos”- y recogen los testimonios de familiares y vecinos que sí reconocen dichas violencias.

Tras cinco días en la cárcel, liberaron a Cristóbal de Porras con una advertencia del corregidor, que “debía de mandar y mando se le notifique al dicho Cristóbal de Porras que de aquí en adelante trate bien y no castigue a doña Luisa de Casasola, su mujer, con apercibimiento de que, de lo contrario, se procederá contra él”.

Esos cinco días de cárcel y el apercibimiento dan la medida real de cómo estaba considerado el maltrato a la mujer y que era algo admitido en la época. Pero los documentos históricos dan fe precisamente de su existencia y consideración. Se trata de documentos de fondos judiciales y administrativos de entre el siglo XVI y XVIII, fondos que no se solían conservar y eran destruidos con el paso del tiempo. Sin embargo, algunos de ellos se han conservado y, estudiados bajo la lupa de los investigadores del archivo cordobés, cuentan ahora cómo entonces la violencia de género era habitual y las denuncias de testigos, aunque escasas, ya se producían.

“Divorcio por riesgo de vida”

Tan habitual y brutal podía llegar a ser la violencia de género de la que dan fe estos documentos del siglo XVIII que, pese a la falta de protección y de derechos de las mujeres, se llegaban a ejecutar separaciones matrimoniales ante el peligro de muerte de la esposa. Era el denominado “divorcio por riesgo de vida” - del que también se encuentran ejemplos en este archivo-, como un documento de 1744 proveniente del Fondo de Clero del municipio de Belalcázar (Córdoba).

Este documento es una escritura de venta de unas tierras de dos hermanas y una de ellas lo firma -cuando este tipo de operaciones solo las podía rubricar el marido-, dando cuenta y quedando fe pública de que lo hace al encontrarse separándose “por riesgo de vida”. Este divorcio por riesgo de vida se daba cuando la relación marital era insostenible y corría peligro la mujer. Con él, según la norma del momento, “cesaba la cohabitación y lecho, la convivencia matrimonial, se daba la separación efectiva de cuerpos y bienes, pero no la ruptura del lazo conyugal”.

Y, además, para la mujer no resultaba nada fácil demostrar las agresiones, por lo que a menudo, se le obligaba a reanudar la vida marital con el esposo. Eso sí, la mujer divorciada quedaba difamada ya para siempre -pese a ser la víctima de maltrato- y el marido podía volver a hacer su vida sin problemas.

Promesa de no asesinar a su pareja por una infidelidad

De hecho, la máxima violencia como el asesinato era algo permitido socialmente si el marido encontraba a su mujer en brazos de otro hombre. De tal manera que, si el varón engañado decidía no matar a su esposa y a su amante, debía testificarlo por escrito en un documento para dejar constancia de su decisión y de lo que pedía a cambio.

Ese documento era la “Carta de perdón de cuernos”, un ejemplo que también se conserva en este archivo en forma de misiva fechada en 1551 y donde el marido engañado exigía el destierro del amante y el pago de dinero a cambio de la promesa de no asesinar a la pareja.

Otros documentos históricos recuperados por este archivo de Córdoba, ya en épocas posteriores, dan fe que cómo se repiten las justificaciones de la violencia de género hacia la mujer. Es el caso, por ejemplo, de un divorcio de 1932, ya en la República, donde se justifican los malos tratos del hombre a su esposa. “Se dice que el honor del marido depende de las rectas costumbres de su mujer y cuando esas costumbres no son las adecuadas, motivan las recriminaciones del marido quizás violentas en algún caso”, como exponía en su alegato el abogado del hombre en este divorcio.

De tan distinta manera, estos cuatro documentos históricos de varias épocas muestran, por un lado, el denominador común de la violencia de género ejercida en todas ellas contra las mujeres y, por otro lado, cómo pese a no tener el amparo legal existente en la actualidad, el entorno, la familia y algunas víctimas ya daban el paso de denunciar o separarse del agresor.

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