Encinas Reales busca acabar con la venta en semáforos, los 'gorrillas' y la mendicidad
El Ayuntamiento de Encinas Reales cuenta desde este viernes con una nueva ordenanza encaminada a fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público dentro del municipio. Desde el Consistorio señalan que esta nueva norma “intenta ser una respuesta democrática y equilibrada” a las nuevas circunstancias o situaciones que se dan en la localidad y establece prohibiciones y multas económicas, como el ejercicio de la mendicidad o la venta ambulante en semáforos.
En los primeros capítulos de la ordenanza, el Ayuntamiento ha tipificado como infracción todas las prácticas individuales o colectivas que atenten contra la dignidad de las personas, así como las prácticas discriminatorias de contenido xenófobo, racista, sexista, homófono o de cualquier otra condición o circunstancia personal, económica o social, especialmente cuando se dirijan a los colectivos más vulnerables. Además, ha regulado el uso de elementos como el juego a la pelota o patines en zonas habilitadas para ello o en espacios en los que no se altere “la pacífica convivencia ciudadana”.
Es en el capítulo cuarto donde en el Consistorio aborda pormenorizadamente el fenómeno de la mendicidad que utilice, además, a menores como reclamo. Así, se refiere a la práctica que es “insistente, intrusiva o agresiva, así como organizada, ya sea de manera directa o encubierta bajo la prestación de pequeños servicios no solicitados”. En esa línea, el Ayuntamiento ha prohibido la venta de cualquier producto o servicio en el interior de vehículos, privados o públicos, como es “la limpieza de parabrisas en vehículos detenidos” en semáforos o en la vía pública, y sanciona a los conocidos como los gorillas.
Antes de que la policía multe con hasta 300 euros a quienes cometan estas infracciones, los agentes informarán de su prohibición. Si la persona persiste, sí será multada. En el caso de la mendicidad con menores, la sanción oscilará entre los 1.500 y los 3.000 euros. En todo caso estas sanciones podrán ser sustituidas por sesiones de atención individualizada con los servicios sociales o por sesiones informativas sobre las posibilidades que las instituciones públicas o privadas ofrecen a estas personas, así como se les prestará la ayuda que sea posible.
Prohibido regar plantas fuera del horario establecido o tender en balcones
Por otro lado, esta nueva ordenanza también incluye sanciones para quienes, por ejemplo, arrojen basura, laven vehículos en la vía pública, sacudan prendas en balcones o ventanas, rieguen plantas fuera del horario estalbecida (entre las 6:00 y las 8:00, y entre las 23:00 y la 1:00) o circulen en bicicleta fuera de la calzada.
Además, queda prohibido tender ropa o elementos domésticos en balcones, ventanas, antepechos, terrazas exteriores o paramentos de edificios situados hacia la vía pública o cuando sean visibles desde ésta, siempre y cuando las viviendas no dispongan de patio de luces u otro lugar para tender. Infracciones de este tipo serán sancionadas con multas de entre 30 y 150 euros.
Fuera la música alta en época de exámenes o durante el descanso por trabajo nocturno
Otro aspecto reseñable de la nueva ordenanza es la regulación y sanción de los ruidos que se producen en viviendas y que repercuten en los domicilios colindantes. En ese sentido, el Ayuntamiento establece como obligatorio que el volumen de aparatos como la radio, la televisión o la música sea acorde una convivencia pacífica.
Así, un vecino podrá solicitar a otro que baje los decibelios de estos aparatos cuando haya causas justificadas, como la presencia de enfermos en la vivienda, ser época de exámenes o descanso por trabajo nocturno. Cometer infracciones de este tipo conllevará multas de 150 euros.
En este apartado, el Consistorio también apela a este mismo sentido común en el caso de ensayos, reuniones musicales o instrumentales, de baile o de danza, y fiestas, aunque exime de esta obligatoriedad a las bandas de música que ensayen en los periodo previos a la Semana Santa y a la feria.
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