Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Defensor investiga las “demoras excesivas” en las reubicaciones por motivos de salud de personal laboral

Jesús Maeztu con María Isabel Baena y Emilio Aumente.

Redacción Cordópolis

0

La Oficina del Defensor del Pueblo andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha abierto una queja de oficio dirigida a la Consejería de Presidencia, Administraciones Pública e Interior para investigar las “demoras excesivas” en las reubicaciones por motivos de salud del personal laboral de la Junta de Andalucía.

En el texto de la queja, la Defensoría explica que está tramitando “un número importante” de quejas, a instancia de particulares, que solicitan su intervención ante las “demoras excesivas” en las reubicaciones de los procesos de movilidad funcional por motivos de salud de personal laboral de la Administración de la Junta, “que, a pesar de contar con la conformidad de la Subcomisión de Salud Laboral del Convenio Colectivo, no se pueden hacer efectivas ante la falta de vacantes”.

Explica que los promotores de estas quejas exponen que padecen distintas limitaciones que afectan a su capacidad o enfermedades que recomiendan el cambio de puesto de trabajo, para lo que cuentan con los informes y dictámenes médicos pertinentes “y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del vigente VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, con la conformidad de la Subcomisión de Salud Laboral del mismo”.

El Defensor apunta que según afirman, y “constata” la Administración en sus respuestas a las solicitudes de información en la tramitación de este tipo de quejas, las reubicaciones acordadas “no pueden llevarse a la práctica al estar condicionadas a la existencia de vacantes que permitan la reubicación efectiva del personal laboral, dando lugar, en muchos casos, a esperas de más de un año e, incluso, de dos”.

Para el Defensor del Pueblo andaluz, esta situación de “demora prolongada afecta de modo directo a los derechos que tienen reconocidos estas personas a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo”, y “termina afectando también al derecho a la salud que se debe garantizar a cualquier trabajador, ante el empeoramiento de las condiciones de salud que supone para estas personas, en muchos casos, el mantenimiento en el mismo puesto cuando ya se ha acreditado y reconocido la necesidad de reubicación en otro”.

Por otra parte, la institución señala que ha tenido conocimiento de que en los órganos de participación del VI Convenio Colectivo del personal laboral de esa Administración, en concreto en la Comisión de Vigilancia del mismo, “se han realizado propuestas orientadas a paliar esta situación, estableciendo un límite temporal máximo para hacer efectiva la reubicación de los afectados y la adopción de medidas alternativas mientras se está a la espera del cambio de destino”.

Se trata de unas propuestas que “pueden tener un efecto positivo en la protección y garantía de los derechos de las personas afectadas por esta situación”, finaliza el Defensor.

Etiquetas
stats