Condenado a ocho años de cárcel por violar y maltratar a su pareja
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una condena de siete años y nueve meses de cárcel para un varón acusado de delitos de agresión sexual y malos tratos habituales en el ámbito familiar, tras supuestamente violar y maltratar a su pareja en un municipio de la provincia cordobesa.
Los jueces de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial también condenaron al procesado a penas que suman once años de órdenes de alejamiento, tres años de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y el pago de una indemnización a la perjudicada en 6.500 euros por los daños morales causados.
Según recoge el auto del Alto Tribunal, al que ha tenido acceso Europa Press, el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado no ha sido admitido a trámite y se expone que “la sentencia impugnada demuestra que en el acto del plenario se practicó la prueba debidamente propuesta por las partes y admitida por el Tribunal de instancia, que la misma fue bastante a fin de dictar el fallo condenatorio y, asimismo, que fue racionalmente valorada por la Sala 'a quo'”.
En concreto, en la resolución de la Audiencia se da por probado que el acusado, de unos 42 años, ha mantenido una relación sentimental con la mujer desde el año 2004 hasta 2014, fruto de la cual han tenido dos hijas, que tienen unos 12 y 10 años de edad en estos momentos.
A partir de 2006 y hasta 2014, el procesado, “además de insultarla y amenazarla en momentos de discusión”, presuntamente la ha golpeado, empujado y agarrado de distintas partes de su cuerpo con la finalidad de “someterla a su voluntad”, hechos que han ocurrido en su mayor parte en el domicilio que compartían.
Igualmente, según los magistrados, “ha impedido que ella tuviera una relación estrecha con su familia”, y, “motivado por sus celos, ha limitado ferreamente sus relaciones laborales y sociales, ejerciendo un control estricto sobre su teléfono móvil y sobre su imagen”.
Ella le reprochó sus celos
Al respecto, explican que en julio de 2014 la mujer se encontraba acostada en el domicilio familiar después de que “en la noche anterior habían vuelto a discutir”, cuando el acusado “la sacó con fuerza de la cama para hablar”, a pesar de que ella se negó a hacerlo, momento en el que le dijo que ya no quería estar con él y le reprochó “sus celos y el aislamiento” al que la sometía respecto de su familia.
De este modo, él, “de fuerte complexión física y notablemente alterado”, supuestamente la empujó hacia la cocina y en el camino se golpeó con una pared y una silla, al tiempo que la amenazó de muerte, según los jueces, que precisan que tras gritarle y decirle que si no le hacía la comida le iba a “echar el aceite caliente por encima”, le puso el dedo en la frente a la mujer y luego le echó agua y le arrojó una botella de plástico.
Casi de inmediato, “entre insultos y amenazas”, la empujó al sofá del salón, a la vez que le rompió la escasa ropa que vestía y echándose sobre ella supuestamente cometió una agresión sexual, “inmovilizándola con fuerza por el cuello”, para posteriormente marcharse la mujer a su cuarto a “llorar”.
Un rato después, apareció él por el dormitorio y le dijo a la mujer que la iba a “humillar”, a lo que ella le contestó que la dejara en paz, si bien el acusado presuntamente la violó. Tras ello, le quitó el móvil y echó la persiana del cuarto, “cerrando la puerta del dormitorio”, no sin antes advertirle a la mujer de que si se levantaba, la mataba y después se mataba él, según se indica en la sentencia.
Además, los magistrados detallan que el procesado impidió a la mujer salir de la casa “bajo amenaza de muerte” unos ocho días y, cuando salió, fue siempre en su compañía. También, “le retiró el móvil”, si bien “se lo acabó devolviendo bajo promesa de restablecer la convivencia en paz otra vez”.
No obstante, recuperado el móvil a los cuatro o cinco días, ella contactó con un centro de atención a la mujer, desde el que le aconsejaron que “saliera inmediatamente de la casa para denunciar”, a lo que ella se negó por “el peligro que corría su vida”, haciéndolo finalmente cuando él se encontraba en otra localidad haciendo gestiones e interpuso denuncia ante la Guardia Civil.
Cabe destacar que la Fiscalía pedía para el acusado penas de diez años de prisión y órdenes de alejamiento durante 16 años, mismas penas que había solicitado la acusación particular, mientras que la defensa pidió la absolución.
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