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El catastro detecta fraude en más de 13.000 viviendas de Córdoba capital

Vista aérea del Sector Sur y la zona del Guadalquivir | TONI BLANCO

Alfonso Alba

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La Dirección General del Catastro ha detectado fraude en más de 13.000 viviendas solo en Córdoba capital. El Catastro ha revisado en la ciudad un total de 258.077 edificios construidos. En total, ha apreciado irregularidades en su declaración en 13.310. La mayoría ha sido por ampliaciones de casas sin comunicar. En otras ocasiones, por la construcción de piscinas, principalmente. Sin embargo, el porcentaje de fraude en la ciudad no es tan alto como en la provincia. En Córdoba capital supone un 5% de todo el parque inmobiliario. En la provincia alcanza el 10%. El motivo principal es que hay municipios como Peñarroya-Pueblonuevo donde se han detectado irregularidades en el 48% de las viviendas revisadas.

Según el último balance, en Peñarroya se han detectado irregularidades en el 48% de las viviendas inspeccionadas. En total, el Catastro ha pedido explicaciones en 9.178 viviendas y han descubierto construcciones que no se correspondían a lo declarado en 4.425 de ellas. Peñarroya-Pueblonuevo encabeza una lista en la que está seguido, pero de lejos, por San Pedro, un pueblo de Cantabria donde el 42% de sus viviendas también tienen irregularidades. En tercer lugar aparece Villanueva del Ariscal, en Sevilla, con un 34%.

En Cardeña también se ha detectado casi un 40% de fraude. En segundo lugar está Pedroche, por encima del 30% de todo su parque inmobiliario. En Fuente Obejuna, Dos Torres y Moriles se ronda el 25%, según esta estadística. Por el contrario, Carcabuey y Fuente La Lancha son dos municipios donde el fraude apenas es del 1%.

Córdoba sigue siendo, por tanto, la provincia española con más inmuebles irregulares, superando en segundo lugar a Baleares (con algo más del 8% de su parque inmobiliario) y también a Melilla.

El procedimiento de regularización catastral tiene como finalidad la incorporación al Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características, en supuestos de incumplimiento de la obligación de declarar de forma completa y correcta las circunstancias determinantes de un alta o modificación catastral.

Este procedimiento se ha desarrollado desde el año 2013 en todo el territorio nacional, excepto el País Vasco y Navarra. La determinación de los municipios afectados y el período de regularización para los mismos se establece mediante resolución de la Dirección General del Catastro publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La iniciación del procedimiento, que es de oficio, se comunica a los interesados para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. Los efectos de la incorporación al Catastro, tanto de los inmuebles como de las alteraciones de su descripción catastral, se producen desde el día siguiente al del hecho, acto o negocio que origina la incorporación o modificación catastral.

La regularización de la descripción de los bienes inmuebles está sujeta a la tasa de regularización catastral, cuya cuantía es de 60 euros por cada uno de los inmuebles objeto de regularización. Esta tasa debe ser abonada por quien tenga la condición de sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el ejercicio en el que se haya iniciado el procedimiento de regularización catastral.

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