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La Audiencia confirma la absolución de Juana Martín en el caso Invercaria

Juana Martín, a la izquierda, en los exteriores de la Audiencia | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 que ha absuelto a la diseñadora de moda Juana Martín, al igual que a su padre y a su hermano, y también a las sociedades Juana Martín Andalucía SL y Juana Martín Diseño SL, del delito de alzamiento de bienes, o frustración de la ejecución de un embargo de bienes que se iba a hacer por Invercaria.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia desestima “íntegramente” el recurso de apelación interpuesto por la compañía mercantil Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía SCR (Inverseed) contra la sentencia del Penal 2 y en consecuencia, confirma “íntegramente” la misma, “sin hacer especial declaración sobre las costas de esta alzada”.

De este modo, se acuerda notificar la presente resolución a las partes y remitir, junto con los autos originales, al juzgado de procedencia para “su cumplimiento y ejecución”, de manera que la sentencia es firme.

En la sentencia de primera instancia, a la que ha accedido Europa Press, se da por probado que Invercaria, “a finales de 2008, contactó con la mercantil Juana Martín Andalucía SL”, administrada por Juana Martín, su padre y su hermano, “para financiar a la misma y entrar a formar parte de su capital”.

El 1 de septiembre de 2011, Invercaria “transmitió a la entidad Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía SCR” los “derechos de crédito y la participación que ostentaba” en la citada sociedad de Juana Martín, “sucediendo por tanto a Invercaria en todos los derechos y acciones derivados de la financiación a la empresa acusada”.

En consecuencia, la sociedad Juana Martín Andalucía SL adeudaba a Inverseed “la suma de 702.943,84 euros de principal, más 210.883 euros de intereses y costas, como consecuencia del impago de los prestamos participativos concedidos por Invercaria.

Dado que llegado el vencimiento de los mismos la entidad acusada no cumplió con sus obligaciones de pago, y tras fracasar los distintos intentos de solución extrajudicial“, Inverseed ”interpuso la correspondiente demanda de ejecución de título no judicial“ en enero de 2013.

De ello se ocupó el Juzgado de Primera Instancia número 25 de Sevilla, que acordó en abril de 2013 “despachar ejecución frente a la ejecutada por importe de 702.943,84 euros de principal, más 3.883 euros de intereses y costas, acordándose por decreto de igual fecha requerir de pago a la ejecutada, procediéndose igualmente, para el supuesto de impago, a designar la traba de los oportunos embargos” sobre una finca urbana en Córdoba sobre la que pesaba una hipoteca “de 371.800 euros de principal” y “una hipoteca unilateral constituida a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía para responder de 11.498,08 euros de principal”.

Sin embargo, se comprobó que en junio de 2013 “se había anotado un embargo” de la misma finca “a favor de la entidad Juana Martín Diseño SL -de la que los acusados son también sus representantes legales-, por importe de 168.162 euros, en virtud de un procedimiento seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Córdoba, sin que se haya acreditado que dicha deuda respondiera a una operación fraudulenta operada por Juana Martín para impedir el cobro del anterior crédito, pudiendo responder a deudas que Juana Martín Andalucía tenía contraídas con anterioridad con la mercantil Juana Martín Diseño”.

Ante todo ello, el juez entiende que los hechos anteriormente declarados como probados “no se estiman constitutivos del delito de alzamiento de bienes que se imputa a los acusados”, a la vez que apunta que “existen indicios más que razonables que permiten sostener que las deudas no eran ficticias”.

“Aconsejada por los gestores”

En relación con todo ello y en su momento, la diseñadora Juana Martín declaró ante el juez que la sociedad de capital riesgo de la Junta de Andalucía la “engañó” al acordar una solución para el pago de deudas de la entidad Juana Martín Andalucía, a lo que añadió que en 2013 hizo pública una deuda de unos 168.000 euros, “aconsejada por los gestores”, pero no con la finalidad de que no le embargasen una finca de su propiedad.

Así, afirmó que en la sociedad Juana Martín Andalucía ella se dedicaba a “diseñar”, mientras que “la empresa era tutelada” por Invercaria, entre otras personas por el expresidente Tomás Pérez-Sauquillo, mientras que ella sí se encargaba de la sociedad Juana Martín Diseño, en la que “no había consejo de administración”, sino que era “una empresa familiar”. Pero ambas sociedades estaban “completamente divididas”, según su declaración.

Tras ello, relató que la primera entidad “empezó a tener déficit” y la segunda “pagó deudas”, con el fin de que “no muriera”, asegurando Juana Martín entonces que ello le dio “la vida prácticamente” a la primera sociedad, y eso después de que Invercaria se marchase del consejo de administración, según afirmó.

Al respecto, señaló que ella realizó toda la gestión “legalmente”, añadiendo que “incluso la mala gestión de Invercaria” es lo que estaba “pagando y todas las deudas”, remarcando que no se había inventado la deuda publicada y que quería pagar, pero que la “engañaron” desde Invercaria al decirle en una reunión que se fuera “tranquila, porque iban a buscar una solución de opción de pago”.

Cabe recordar que la Fiscalía había solicitado tres años de cárcel y 5.400 euros de multa para cada una de las personas físicas, así como 7.200 euros para cada una de las dos jurídicas. Y la entidad Inverseed, personada como acusación particular, pidió para cada uno de los procesados cuatro años de prisión por la supuesta comisión de un delito de insolvencia punible, en su modalidad de alzamiento de bienes.

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