APDHA rechaza los experimentos con presos por “vulnerar el principio de trato humano”
La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) ha rechazado este martes la experimentación llevada a cabo desde el año 2016 con 41 personas presas en las cárceles de Huelva y Córdoba y que ha sido paralizada cautelarmente por el Ministerio del Interior tras recibir un informe solicitado a la Subdirección General de Sanidad Penitenciaria.
Para la organización, esta práctica vulnera el principio de trato humano y “va contra nuestro ordenamiento jurídico y el derecho internacional”. El experimento utiliza técnicas de estimulación transcraneal con corriente eléctrica que se aplica a los internos participantes. Estas técnicas, denuncia la APDHA, son invasivas ya que afectan a un órgano interno como es el cerebro. Además, tal investigación, sentencian, no cumple las condiciones imprescindibles que establece el Reglamento Penitenciario, por lo que esperan que no se reanude.
Así, desde la APDHA celebran que el Defensor del Pueblo Español (DPE) haya iniciado una investigación de oficio al respecto y ponen en duda, al igual que el DPE, “la voluntariedad” para participar en el proyecto de una persona que se encuentra dentro de una institución cumpliendo condena.
En este sentido, desde el colectivo andaluz recuerdan que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) establece en su artículo 7 que “nadie puede ser sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos”, una prohibición que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas reiteró en su Observación General nº 21 sobre el trato humano a las personas privadas de libertad. Por ello, la asociación advierte de que la investigación desarrollada en las dos prisiones andaluzas “no solo sería contraria al ordenamiento internacional, sino que puede ser considerada como una vulneración del principio de trato humano de las personas privadas de libertad”.
El colectivo andaluz señala que esta investigación “también puede vulnerar nuestro Reglamento Penitenciario” ya que, según sostienen desde el área de cárceles de la asociación, “el artículo 211 del reglamento establece dos condiciones para realizar investigaciones médicas a las personas que se encuentran dentro de prisión”. En primer lugar, afirman, dicha investigación “debe tener un efecto directo y significativo en la salud de la persona” y, en segundo lugar, “la experimentación debe llevarse a cabo con idénticas garantías que las personas en libertad”.
En este sentido, apuntan desde la asociación, “no es suficiente con la mera obtención del consentimiento informado ya que, debido a la coerción o a la influencia indebida dentro de la prisión, es necesario asegurar que dicho consentimiento es totalmente voluntario y verdaderamente informado”. Desde de APDHA consideran que no se dan ninguna de las dos condiciones por lo que esperan que no se reanude la investigación.
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