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Andalucía contempla la docencia semipresencial con “alternancia” de la mitad del grupo a partir de 3º de la ESO

Un aula vacía con gel desinfectante.

Redacción Cordópolis

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La Consejería de Educación y Deporte ha enviado una circular a los centros educativos andaluces relativa a las medidas de flexibilización curricular y organizativas para el curso escolar 2020/2021, y en la que propone que los centros podrán establecer “medidas que permitan la asistencias del alumnado de forma presencial, telemática o semipresencial” a partir de 3º de la ESO y de acuerdo a tres modelos, el tercero de los cuales contempla la docencia en modalidad semipresencial con asistencia parcial del grupo en los tramos horarios presenciales.

Así, dicha circular de la Viconsejería de Educación y consultada por Europa Press, indica que estos modelos para la organización curricular flexible serán diseñados por los centros docentes para el curso 2020/2021 y estarán destinados a los cursos de tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Inicial --excluyendo la Formación Profesional Básica-- y a las enseñanzas de Régimen Especial. Asimismo, especifica que estos modelos “no tienen carácter excluyente, pudiéndose implementar más de una opción al mismo tiempo”.

El primero de esos modelos, que la Consejería llama 'Docencia sincrónica (presencial y telemática)', consiste en “la impartición, de manera simultánea de cada una de las asignaturas o módulos profesionales, teniendo en cuenta que una parte del alumnado se encuentra en el aula del centro y el resto, previa autorización de las familias en el caso de que el alumnado sea menor de edad, conectado desde su domicilio al mismo tiempo”. Además, precisa que en ningún caso la modalidad telemática “puede ser permanente para el alumnado de tercero y cuarto de la ESO”.

La segunda opción es la docencia en modalidad semipresencial con asistencia del grupo completo en los tramos horarios presenciales, que consiste “en la combinación de sesiones lectivas presenciales, que se llevarán a cabo de manera colectiva y de obligada asistencia del alumnado, con sesiones de docencia telemática”. En el caso de los alumnos de 3º de la ESO “se desarrollarán al menos dos tercios del horario lectivo de manera presencial y el resto de las sesiones de manera telemática”.

Por su parte, para 4º de la ESO y Bachillerato, “los centros docentes podrán agrupar las distintas asignaturas de cuarto de ESO en ámbitos de conocimiento en función de la habilitación del profesorado disponible en el centro docente” y “se desarrollará la mitad de las sesiones lectivas de las diferentes asignaturas de manera presencial y el resto de las sesiones de manera telemática”.

El tercer modelo es la docencia en modalidad semipresencial con asistencia parcial del grupo en los tramos horarios presenciales, una modalidad en la que la circular especifica que “la organización curricular será similar al apartado anterior, pero la asistencia presencial será de la mitad del grupo, con alternancia”.

Esta circular, de aplicación en centro públicos y privados y que llegó a los mismos este jueves por la tarde, recoge también medidas para la organización de las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y para los cursos de primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria, y estipula que los centros docentes “podrán establecer, en el marco de su autonomía organizativa, medidas de ajuste de los grupos-clase que permitan aumentar la distancia interpersonal para ajustarse a las condiciones sanitarias recogidas en el documento 'Medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de salud. COVID-19' de la Consejería de Salud y Familias, así como de sus actualizaciones pertinentes”.

Según expone, dichas medidas “podrán consistir en la realización de desdobles que permitan bien crear más grupos de un mismo nivel o bien grupos mixtos, garantizando tanto las condiciones de seguridad y salud de las personas como el derecho a una educación de calidad”, y añade que los centros docentes “podrán agrupar las distintas asignaturas en ámbitos de conocimiento en función de la habilitación del profesorado disponible en el centro docente” y dichos ámbitos habrán de “favorecer la globalización del currículo” y “respetar los criterios de evaluación de las áreas/materias que se agrupan”.

Medidas de atención a la diversidad

Por último, esta instrucción contempla también medidas de atención a la diversidad, y apunta que “en el caso de que un centro se acoja a un modelo de organización curricular flexible, se priorizará la presencialidad del alumnado con necesidades educativas especiales, siempre de acuerdo con las indicaciones de las autoridades sanitarias, e informando a las familias de las condiciones de asistencia al centro (horarios, servicios, traslados, medidas higiénicas, etcétera)”. De no ser posible, añade, “se procurará conjugar socialización con aprendizaje personalizado utilizando para ello tanto los recursos de la presencialidad como el apoyo de la tecnología”.

Igualmente, señala que para aquellos casos en los que el alumnado no pueda asistir presencialmente por prescripción médica debido a patologías que puedan poner en riesgo su salud acudiendo al centro docente, “se arbitrarán medidas para su atención de forma telemática con los recursos humanos y materiales existentes”. De no poderse llevar a cabo dicha atención “se informará a la inspección educativa de tal situación mediante informe motivado, con el objeto de dotar de los recursos suficientes al centro o proporcionar la atención al alumnado por vías alternativas”, agrega.

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