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Abierto el plazo para solicitar ayudas al comercio para la campaña de Navidad por un total de 120.000 euros

Un comercio de Córdoba | TONI BLANCO

Carmen Reina

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El Ayuntamiento de Córdoba ha abierto la convocatoria de subvenciones para el comercio para la campaña de Navidad, dotada con 120.000 euros, además de otra convocatoria de ayudas para proyectos de fomento del comercio, con 102.000 euros previstos de dotación.

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica este lunes ambas convocatorias, abriendo así el plazo de 10 días para presentar las solicitudeas para las ayudas tanto de la campaña de Navidad como de fomento del comercio.

De un lado, los beneficiarios de las ayudas para la campaña de Navidad en el comercio serán las asociaciones de comerciantes minoristas, sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y que desarrollen proyectos destinados a la dinamización de comercios ubicados en el Municipio de Córdoba en el plazo indicado para la ejecución del proyecto.

La subvención tiene por finalidad incentivar el consumo en la época navideña y apoyar al sector del comercio minorista de la ciudad de Córdoba. Los Proyectos subvencionables deberán comprender actuaciones de promoción de ventas, publicidad, animación comercial, escaparatismo, y material promocional de comercios ubicados en el Municipio de Córdoba, debiendo desarrollarse en el período de Navidad 2020-2021, siendo el plazo de ejecución de la actividad del 1 de diciembre de 2020 al 5 de enero de 2021.

La cuantía global destinada a la presente convocatoria de subvenciones asciende a la cantidad de 120.000 euros, y la cuantía máxima de las ayudas a otorgar por cada proyecto no podrá superar el 100% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 12.000 euros por proyecto, siendo competencia municipal la determinación del importe a subvencionar, dentro de los límites presupuestarios.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Las solicitudes se presentarán, junto con la documentación exigida, en cualquiera de los puntos establecidos para el Registro General de Documentos del Ayuntamiento de Córdoba, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de presentarse la solicitud en el registro de una administración distinta al Ayuntamiento de Córdoba deberá comunicarse en la siguiente dirección de correo electrónico: comercioyventaambulante@ayuncordoba.es dentro de los 10 días hábiles contados a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Se admitirá un único proyecto por cada entidad o colectivo. Cuando proceda, se otorgará un plazo de cinco días hábiles para subsanar los errores o deficiencias en la documentación requerida. La presentación de las solicitudes conllevará la autorización al Ayuntamiento para obtener, en su caso, de forma directa la acreditación de que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Ayudas al comercio de cercanía

Por otra parte, también se abre a partir de este martes la convocatoria de subvenciones para el fomento del asociacionismo y la dinamización y promoción del comercio de cercanía, a la que podrán optar las asociaciones y federaciones locales de comerciantes sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y que estén domiciliadas en el municipio de Córdoba.

El objeto de la presente convocatoria, que se tramita en régimen de concurrencia competitiva, es regular las bases que han de regir en la concesión de subvenciones a otorgar en el año 2020 por el Ayuntamiento de Córdoba, a través de la Delegación de Comercio, para la financiación de proyectos y actuaciones realizados entre el 1 de abril de 2020 y el 1 de diciembre de 2020 (ambos inclusive), dirigidos al fomento del asociacionismo y la dinamización y promoción del comercio de cercanía del municipio de Córdoba, a realizar por una asociación o federación local de comerciantes.

Se considerarán subvencionables aquellos gastos realizados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta convocatoria para el desarrollo en el término municipal de Córdoba de proyectos y actuaciones englobados en alguna de las líneas que se detallan a continuación. Quedan excluidos de las ayudas los impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación y los gastos financieros.

Las ayudas se dirigen a líneas que aborden la dinamización y promoción del comercio de cercanía, con proyectos de promoción y dinamización del comercio urbano de Córdoba debe responder a dos objetivos principales: dar a conocer el comercio de proximidad de nuestra ciudad y atracción de gasto hacia dicho comercio. El eje que debe informar el proyecto es una campaña global de comunicación con importante nivel de notoriedad dentro y fuera del municipio. Contendrá acciones cohesionadas de dinamización y promoción del comercio de la ciudad en su conjunto con intervenciones puntuales en las distintas áreas comerciales del municipio.

Asimismo, expondrá un programa de actuación que garantice su ejecución en el ejercicio en el que se concede la subvención, y una relación detallada y presupuestada de las actividades que lo componen con fechas posibles de realización. El desarrollo del proyecto se coordinará en todas sus fases con la Delegación de Mercados y Comercio, Salud y Consumo.

También se podrá abordar con estos proyectos el fomento del asociacionismo, con ayudas a los gastos de constitución y funcionamiento de las entidades solicitantes de nueva creación, así como los gastos de funcionamiento de aquéllas que ya estén constituidas, además de la creación y puesta en funcionamiento de oficinas comerciales permanentes de asesoramiento a las asociaciones, siempre que dichas oficinas acrediten que ofrecen un programa de servicios a los asociados.

La cuantía total para estas ayudas es de 102.000 euros on un límite máximo de 12.000 euros por proyecto para la línea A, y de 5.000 euros por proyecto para la línea B.

El plazo de presentación será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación exigida en la convocatoria, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Córdoba, a través de las oficinas municipales y centros cívicos habilitados al efecto, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En caso de presentarse la solicitud en el registro de una administración distinta al Ayuntamiento de Córdoba deberá comunicarse en la siguiente dirección de correo electrónico: comercioyventaambulante@ayuncordoba.es dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

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