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Regalos y pagadores por escrito: así es el nuevo Código de Conducta de los futuros diputados cordobeses

Vista general del Congreso de los Diputados.

Juan Velasco

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Los seis diputados cordobeses que salgan de las próximas elecciones generales del 28 de abril estrenarán el recién aprobado Código de Conducta de los Señores Diputados, que es el nombre que se ha dado al conjunto de reglas que regirá la actividad en el Congresos y que, si bien difícilmente acabará con las corruptelas, intentará actuar especialmente en lo referente al conflicto de interés.

“Tendrán la consideración de grupo de interés, lobby o lobista, aquellas personas físicas o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que se comuniquen de forma directa o indirecta con titulares de cargos públicos o electos o personal a su cargo en favor de intereses privados, públicos, particulares o colectivos, intentando modificar o influir sobre cuestiones relacionadas con la elaboración, el desarrollo o la modificación de iniciativas legislativas”, así se define a los grupos de poder en este nuevo reglamento, que advierte además de que esta calificación tendrá continuidad con una “reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados relativa a la regulación” de estos poderes en la actividad parlamentaria.

Regula expresamente el nuevo código los regalos, beneficios similares u obsequios que reciban los diputados y que “puedan ser razonablemente percibidos como un intento de influir en su conducta como parlamentario”, y solo permite aceptarlos si se demuestra que no tienen vinculación alguna con su actividad política. Además, los obsequios recibidos por el diputado en los viajes oficiales autorizados por la Mesa “deberán ser entregados a la Secretaría General de la Cámara cuando sean ofrecidos por la representación que se ostenta y no a título personal y superen cierto valor”, y posteriormente “serán inventariados y publicados en el Portal de Transparencia del Congreso de los Diputados”.

El nuevo reglamento aclara expresamente que, “quienes adquieran la condición de diputados a partir de la próxima Legislatura deberán formular declaración de intereses económicos” en un formulario que viene en la web.

El nuevo código nace expresamente con el objetivo de “reforzar la confianza de los ciudadanos en los miembros de la cámara”, si bien pasa por alto una de las cuestiones que más ríos de tinta ha hecho correr en los últimos tiempos, que es el cotejo del expediente académico o el curriculum del parlamentario. Así, el reglamento aclara que en la web del Congreso se publicará una breve reseña de los datos biográficos personales, académicos y profesionales del diputado, en el que se podrán consultar todos los títulos, datos y archivos “que el propio Parlamentario considere relevantes”, sin obligar a aportar la titulación, por ejemplo.

“Asimismo, el Diputado deberá hacer pública su agenda institucional en el Portal de Transparencia del Congreso, incluyendo en todo caso las reuniones mantenidas con los representantes de cualquier entidad que tenga la condición de grupo de interés. En ambos casos el Diputado se responsabilizará de la veracidad y exactitud de la información publicada”, aclara el código de buenas prácticas.

La Oficina de Conflicto de Intereses

En lo que respecta a los conflictos de intereses, se crea un órgano para ello, la Oficina de Conflicto de Intereses. Su objeto será resolver las dudas de interpretación que genere la aplicación del presente código, que podrán ser planteadas tanto por los Diputados como por la Mesa de la Cámara. Asimismo tendrá funciones de comprobación de la veracidad del contenido de las declaraciones incluidas en el Registro de Intereses y, con carácter anual, elaborará un informe sobre el cumplimiento del código. Cabe resaltar que es la primera vez que la cámara investiga la veracidad de los datos aportados por sus integrantes.

El código establece también que, en los casos de duda sobre la existencia o el alcance de un posible conflicto de interés, el Diputado podrá dirigirse a la Mesa de la cámara que, con carácter confidencial resolverá lo que proceda, pudiendo solicitar previamente un informe al respecto a la Comisión del Estatuto del Diputado. Igualmente, el reglamento obliga al diputado a comunicar si tiene un interés personal en el tema se está discutiendo en el Congreso de los Diputados.

El nuevo código contempla “infracciones y sanciones” que, por el momento, no han sido definidas. En cualquier caso aclara que la comisión deberá resolver si ha existido infracción y, en su caso, recomendar “la sanción que corresponda de acuerdo con el reglamento de la Cámara”.

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