Córdoba CF
Bitton Sport, condenado a indemnizar al Córdoba CF SAD
Otro capítulo que se suma en la batalla judicial abierta, en multitud de frentes, en torno al Córdoba CF. Y es que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba, en una sentencia a la que ha tenido acceso CORDÓPOLIS, ha acordado “estimar parcialmente” la demanda presentada en su momento por la Administración Concursal del Córdoba CF SAD, es decir, por parte de Francisco Estepa, y dirigida principalmente hacia la entidad mercantil Bitton Sport, esto es, Luis Oliver y Joaquín Zulategui, en referencia a los contratos que en su día unían a ambas partes. Así, el juez declara en su escrito que el acuerdo de extinción contractual del contrato de prestación de servicios de dirección y gestión deportiva de 24 de enero de 2018, suscrito entre la concursada y Sitnosport, y en el que posteriormente se subrogó la citada Bitton Sport, con fecha del 17 de Julio de 2018, fue “perjudicial para la masa activa del concurso”, por lo que “se ordena su rescisión”.
Igualmente, la sentencia apunta que “se acuerda la eliminación del crédito concursal de 2.400.000 euros, en concepto de indemnización por la resolución del contrato de dirección deportiva llevada a cabo el 17 de julio de 2018, que actualmente tiene reconocido Bitton Sport en la lista definitiva de acreedores, así como la devolución de las cantidades por tal concepto percibidas en su caso”. Cabe puntualizar, tal y como señala Diario Córdoba, que Bitton se denomina actualmente Hartmann&Morato Sport, aunque sigue siendo la misma empresa.
Asimismo, se condena a la codemandada Bitton Sport a “indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a la masa activa y cuantificados en los intereses legales de las cantidades recibidas, devengados desde la fecha en que las percibieron y hasta la completa restitución de las indicadas cantidades”, expone el juzgado. Unas cifras que, en total, podrían rondar los tres millones euros, y que la citada mercantil tendría que devolver al Córdoba CF SAD, pasando de ser el principal acreedor a ser deudor. Con todo, cabe puntualizar que dicha sentencia “no es firme” y que “contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba”.
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