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El juzgado pide a los peritos del accidente de Adamuz una nueva propuesta económica sin provisión de fondos

Imagen de la fachada del juzgado de Montoro (Córdoba) que asume la investigación de la causa del accidente ferroviario ocurrido en la localidad cordobesa de Adamuz.

Europa Press

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La Letrada de la Administración de Justicia de la plaza número 2 del Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba) ha pedido a los peritos designados para elaborar informes en el caso del siniestro ferroviario de Adamuz, en el que murieron 46 personas y hubo más de 120 heridos en la tarde del domingo 18 de enero, que procedan, en el plazo de cinco días, a la formulación de una nueva propuesta económica excluyendo la solicitud de provisión de fondos.

Así lo recoge una providencia del juzgado, a la que ha tenido acceso Europa Press, después de que la Delegación Territorial de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía haya emitido un escrito en respuesta al librado en su día por el juzgado en relación a la aprobación del presupuesto pericial presentado.

En dicho escrito, consultado por Europa Press, se apunta que en el presupuesto enviado por los peritos hay un apartado denominado propuesta económica, “con una estimación de gastos a la que la Delegación Territorial no muestra oposición”. No obstante, en el mismo apartado figura la solicitud de los peritos designados de que “se constituya una provisión de fondos de un 30% del importe de honorarios y de un 50% del importe de gastos”.

Al respecto, precisa que conforme a las normas que regulan los pagos que han de realizarse por la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, “la comprobación material del gasto consiste en verificar materialmente, antes del reconocimiento de la obligación, la efectiva realización de las prestaciones de servicios financiadas con fondos públicos”.

Además, agrega que el Decreto 4/2018, de 16 de enero, por el que se regula la puesta a disposición de los órganos judiciales y del Ministerio Fiscal de peritos, traductores e intérpretes para su intervención en los procedimientos judiciales con cargo a la administración de la Junta, y el procedimiento de pago y reintegro de los gastos correspondientes, en su artículo 10.1 señala que “la Administración de la Junta abonará el importe de los informes periciales y de las traducciones e interpretaciones a las entidades adjudicatarias de los contratos y a los profesionales privados a la conclusión de los trabajos”, por lo que “no cabría la provisión de fondos solicitada en la propuesta económica”.

En este sentido, se resalta que “se observa en el presupuesto elaborado por los peritos, a efectos de la justificación de la inclusión de la provisión de fondos, el argumento, en relación con el procedimiento iniciado, de que 'resulta previsible que el mismo se prolongue durante un período de tiempo especialmente elevado y que la sentencia en la que se resuelva sobre las costas del proceso sólo podrá producirse una vez haya finalizado dicho procedimiento'”.

Ante ello, desde la Junta aclaran que “para la realización del pago no es preciso esperar a que se dicte una sentencia que incluya pronunciamiento sobre las costas, sino que, una vez realizado el servicio y certificado por el órgano judicial, se procederá a ordenar el pago del gasto aprobado”.

Por tanto, “y tal como se advertía en el oficio de fecha 20 de febrero, por el que esta Delegación Territorial comunicaba a esa plaza judicial del Tribunal de Instancia de Montoro que una vez emitido el presupuesto por los peritos designados se enviara para su aprobación, no resulta posible la provisión de fondos”, por lo que se ruega a la jueza que “ponga tal circunstancia en conocimiento de los peritos para que procedan, en su caso, a la formulación de una nueva propuesta económica excluyendo la solicitud de provisión de fondos”.

Unos 250.000 euros

Los tres peritos designados estiman tener dictamen sobre el caso en un plazo de nueve meses, con una provisión de fondos inicial para el trabajo valorada en unos 250.000 euros.

Según recoge el escrito al juzgado, se prevé desarrollar el dictamen inicial en “un período de nueve meses, contados a partir de la recepción de toda la documentación necesaria que forma parte de los archivos del procedimiento”. No obstante, aseguran que “dicho plazo podrá acomodarse en el tiempo a las necesidades del juzgado”.

En cuanto a la propuesta económica, teniendo en cuenta “la extensión y complejidad de los trabajos periciales necesarios para la emisión del informe solicitado, y la dedicación en términos de tiempo y recursos que implicará el desarrollo de dichos trabajos, y considerando, por otro lado, que, habida cuenta de la naturaleza de este procedimiento, resulta previsible que el mismo se prolongue durante un período de tiempo especialmente elevado y que la sentencia en la que se resuelva sobre las costas del proceso sólo podrá producirse una vez haya finalizado dicho procedimiento”, ven “necesaria una provisión de fondos para llevar a cabo los trabajos solicitados, a efectos de evitar que el desarrollo de los mismos suponga un perjuicio económico relevante a los peritos como consecuencia de las circunstancias”.

Habida cuenta del “volumen y complejidad” de los antecedentes a examinar, “la dedicación intensiva requerida por el trabajo durante los seis meses en los que se estima que el mismo tendrá que desarrollarse, dado el tiempo disponible, y la naturaleza del dictamen a emitir”, estiman una dedicación de unas 1.500 horas de trabajo, con un coste de 125 euros/hora, lo que totaliza unos honorarios inicialmente previstos de 187.500 euros más IVA.

Igualmente, una estimación de gastos para viajes, desplazamiento y asistencia a pruebas, ensayos y diligencias varias del 10% de los honorarios estimados por 18.750 euros más IVA. Y la intervención o participación de otros técnicos necesarios para la confección de la pericial definitiva serán propuestos al juzgado para su consideración, no incluyéndolos en el coste del dictamen.

Honorarios y gastos iniciales

En cualquier caso, los peritos expresan que, “en este momento, es imposible determinar con exactitud --por la ingente cantidad de documentación puesta a su disposición y la previsible nueva que se generará en forma de pruebas, ensayos, dictámenes complementarios y estudios de terceros-- la cuantía exacta de la dedicación a necesitar”.

Por tanto, subrayan que estos honorarios y gastos son “iniciales, tentativos y susceptibles de que, conforme se realice el trabajo, deban ser ampliados para la terminación satisfactoria de la pericia”. Asimismo, y “habida cuenta de la dedicación, gastos y duración que requerirá la pericia”, creen “necesario que se reconsidere la previsión inicial de no hacer una provisión de fondos al comienzo de los trabajos”.

Así, estiman “de justicia solicitar el abono de una provisión de fondos por un importe igual a dicha cuantía”, de forma que en el momento del inicio de los trabajos esté un 30% del importe de honorarios, 56.250 euros más IVA, y un 50% del importe de gastos, 9.375 euros más IVA. Ambas cantidades totalizan 65.625 euros más IVA, 79.406,25 euros con IVA incluido.

Y a la entrega del dictamen, la restante cantidad, el 70% restante del importe de honorarios, 131.250 euros más IVA, y el 50% restante del importe de gastos, 9.375 euros más IVA. Ambas cantidades totalizan 140.625 euros más IVA, siendo 170.156,25 euros con IVA incluido.

En el importe solicitado en el escrito queda incluida “la dedicación necesaria para la comparecencia ante el juzgado o posteriores instancias para la ratificación del dictamen y la respuesta a las preguntas que fueran formuladas por las distintas partes intervinientes”.

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