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Condenan a un cordobés por recibir ayudas públicas en una pieza separada del caso ERE

Audiencia Provincial de Sevilla.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado sentencia en una pieza separada del macrocaso ERE, conocida como de “pólizas individuales”, que ha resultado en la condena de un cordobés y la absolución de otra cordobesa. Esta pieza del caso se centró en el desvío arbitrario de fondos públicos para favorecer a personas del entorno personal del entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Francisco Javier Guerrero, ya fallecido.

R. R. G., originario de Santaella (Córdoba), ha sido condenado como cooperador necesario de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos. La sentencia le impone una pena de un año y tres meses de prisión y dos años de inhabilitación absoluta por malversación, además de dos años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación.

Según los hechos probados, R. R. G. trabajó ininterrumpidamente en la mercantil Chamorro y Moreno desde enero de 1975 hasta su cierre en 2005. Posteriormente, fue beneficiario de una prestación contributiva y de un subsidio para mayores de 52 años en la provincia de Córdoba. Prevaliéndose de su amistad de muchos años con Francisco Javier Guerrero, le solicitó una ayuda económica. Guerrero accedió, promoviendo su inclusión como beneficiario de una póliza de rentas de supervivencia.

Según el fallo judicialo, este cordobés era plenamente consciente de que carecía de un motivo o derecho legal que justificara la obtención de esta ayuda pública y que la única razón para percibirla era su relación personal con el director general de Trabajo. A través de esta póliza, recibió un total de 91.196,76 euros. El tribunal destaca que su conducta estuvo orientada a lucrarse a costa de fondos públicos sin más mérito que el favor de su amigo.

Como circunstancias atenuantes, se le han reconocido la reparación del daño y las dilaciones indebidas. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la Junta de Andalucía con 91.196,76 euros, de los cuales se detraerá la cantidad ya consignada.

Por otro lado, la sentencia ha absuelto libremente a otra mujer cordobesa que estuvo procesada en el caso. Esta mujer era gerente de la asociación Promi y se relacionó con Francisco Javier Guerrero por motivos ajenos al caso. Aunque envió un fax a Guerrero en noviembre de 2005 expresándole gratitud por la “ayuda que te ofreces a dar a mi padre”, el tribunal consideró que no se ha constatado que solicitara la ayuda económica para su padre ni que se prevaliera de su amistad como factor determinante para la concesión. Tampoco se probó que protagonizara actos necesarios e imprescindibles para que las ayudas fueran otorgadas. En consecuencia, se impone su libre absolución al no haberse demostrado su participación penalmente relevante.

La trama delictiva se articuló a través del entonces director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, ya fallecido, quien aprovechó los fondos públicos de la Junta de Andalucía para beneficiar a personas de su entorno personal mediante pólizas de seguro de rentas temporales y/o de capital diferido. Estas pólizas, denominadas “individuales”, eran gestionadas al margen de cualquier procedimiento legal y sin fin público, sirviendo únicamente para enriquecer a particulares con los que mantenía relaciones de amistad o vecindad. El dinero público desviado ascendió a una suma considerable, perturbando gravemente el servicio público al que estaban adscritos los fondos.

Una de las principales operativas utilizadas fue el sistema de “pagos cruzados”. Este mecanismo consistía en destinar parte del importe de las primas de pólizas de empresa –originalmente destinadas a ayudas sociolaborales para trabajadores afectados por ERE– a pagar las primas de las pólizas individuales de los beneficiarios del círculo de Guerrero. Los pagos eran realizados directamente por las aseguradoras a los particulares, eludiendo cualquier control administrativo, financiero y presupuestario. Los beneficiarios eran conscientes de que la única causa de estas percepciones económicas era su relación personal con el director de Trabajo.

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