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Absueltos de okupar una casa ya que la vivienda a la que entraron no era el lugar de residencia de su dueña

Ciudad de la Justicia

Alejandra Luque

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a dos jóvenes cordobeses del delito de allanamiento de morada después de okupar una vivienda durante nueve días. Aunque la Fiscalía pedía para cada uno de ellos un año y medio de prisión, los acusados han llegado a una conformidad, reduciendo el Ministerio Público la pena de cárcel y el delito por el que venían procesados.

Cabe recordar que en septiembre de 2017, los dos acusados entraron y permanecieron en una vivienda ubicada en Córdoba capital, ello sin conocimiento ni consentimiento de la propietaria del inmueble, que disfrutaba de su vivienda por temporadas. Sobre las 23:50 del 27 de septiembre de 2017, una dotación de Policía Nacional se personó en la vivienda e identificaron a los acusados, que tuvieron que ser desalojados por la Policía nueve días después de la okupación, concretamente, el 6 de octubre a las 13:00.

Durante el tiempo que los acusados ocuparon la vivienda utilizaron la energía eléctrica de la misma con un consumo estimado de nueve días, que asciende a 63,97 euros, y valorándose el uso de la casa en 140 euros.

Según la sentencia a la que ha accedido CORDÓPOLIS, los acusados tenían 18 y 19 años en la fecha de los hechos y durante la celebración del juicio reconocieron los hechos. Dado que la casa que okuparon no se trataba del lugar de residencia de su dueña, la Audiencia Provincial ha rebajado el tipo penal, condenándoles por un delito leve de usurpación.

De esta forma, a los procesados no les ha sido impuesta una pena de prisión y sí una multa de 540 euros.

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