Manual para no perderse ante las próximas elecciones municipales: fechas, campaña y prohibiciones
Este Martes Santo, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado un Real Decreto firmado por el Rey Felipe VI por el que se convocan oficialmente las elecciones municipales en toda España. En Córdoba, se tendrán que elegir a los alcaldes y concejales de 77 municipios (incluidos Córdoba capital) y a los 27 diputados provinciales de la Diputación, por designación indirecta. Se pone en marcha la maquinaria electoral que tiene que concluir con la renovación de todo el poder municipal en España.
¿Cuándo son las elecciones y cuándo son elegidos los alcaldes?
Los ayuntamientos renovados en las elecciones municipales del 28 de mayo se constituirán el 17 de junio, día en el que se elegirán a todos los alcaldes de España, según el calendario electoral derivado del decreto de convocatoria de los comicios.
Según el calendario, recogido por Europa Press, todos los ayuntamientos donde no haya pendiente ningún recurso contra la proclamación de concejales se constituirán el sábado 17 de junio, y los que tengan pendiente algún contencioso electoral deberán esperar al 7 de julio.
En esa sesión constitutiva se procederá a la elección de alcaldes en los más de 8.000 municipios de España. El procedimiento diseñado en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) establece que todos los concejales electos pueden ser candidatos y que será elegido alcalde aquel que tenga mayoría absoluta, sea con sus propios ediles o con apoyo de otros partidos. Y si nadie suma la mayoría absoluta, se proclamará alcalde al concejal de la lista más votada el 28 de mayo.
Es decir, los partidos políticos disponen de poco más de dos semanas desde las municipales para llegar a acuerdos de gobierno en los ayuntamientos donde ninguna fuerza haya obtuvo mayoría absoluta en los comicios.
Los plazos para presentar candidaturas
Tras publicarse este martes el decreto de convocatoria de elecciones municipales, se ponen en marcha los plazos de presentación de candidaturas. Los partidos tienen hasta el 14 de abril para formalizar sus coaliciones y tendrán que presentar sus listas entre el 19 y el 24 de abril, para que se publiquen en los boletines oficiales de cada provincia el 26 de abril. Solventadas las posibles reclamaciones, las candidaturas definitivas, ya proclamadas, se publicarán el 2 de mayo.
La campaña
La campaña electoral coincidirá con el Mayo Festivo en Córdoba. Así, el BOE señala que los partidos no podrán pedir el voto de manera oficial hasta las 00:00 de la noche del viernes 12 de mayo. La campaña concluirá oficialmente el viernes 26 de mayo a las 23:59 de la noche. El sábado será la jornada de reflexión y al día siguiente las elecciones.
La campaña coincidirá en la ciudad de Córdoba con la Fiesta de los Patios y en la última semana y de manera íntegra con la Feria. Esta circunstancia complicará y limitará mucho los actos que organicen los partidos, que prácticamente se trasladarán a los lugares de fiesta.
En los próximos días, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) tiene que publicar los lugares habilitados tanto para la pegada de carteles en Córdoba como para la organización de mítines. Se hará no solo en la capital, sino también en el resto de 76 municipios de la provincia de Córdoba.
Las prohibiciones
La publicación este martes del decreto de convocatoria de elecciones municipales del 28 de mayo conlleva que desde este día y hasta el próximo 29 de mayo estarán prohibidos en España los actos de inauguración y las campañas institucionales de propagada.
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), una vez publicado el decreto de convocatoria comienza oficialmente el periodo electoral de las municipales y autonómicas, que obliga a los poderes públicos a ser neutrales. Es decir, entra en vigor la prohibición de realizar actos de inauguración y campañas de propaganda institucional para difundir logros de legislatura.
Sólo se permitirán las campañas informativas “que resulten imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos”, pero sin “connotaciones electoralistas ni alusiones a los logros obtenidos por los poderes públicos”.
Esta salvedad permite 'indultar' las campañas de la Dirección de Tráfico o de la declaración de la Renta, así como los anuncios puramente informativos sobre la inscripción en las listas del censo electoral o sobre la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámite del voto por correo.
909 concejales
En total, el domingo 28 de mayo se renovará a 909 concejales en los 77 ayuntamientos de la provincia de Córdoba. Son dos concejales más que hace cuatro años. Se incorporan dos ediles de Obejo, que elegirá a 11 al pasar de la barrera de los 2.000 habitantes.
Junto a ellos, los vecinos de las cuatro entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba también elegirán a sus alcaldes.
La elección de alcaldes en los ayuntamientos no es directa. Los ciudadanos votan a candidaturas. Una vez conformado el Pleno, son los concejales los que, en función del juego de mayorías, tienen que elegir al alcalde del municipio.
El 28 de mayo todo empezará de nuevo.
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