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Llegan los últimos informes para reiniciar la obra de Torrijos

Puertas cerradas del Palacio de Congresos de la calle Torrijos | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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El Consejo Consultivo firma los cuatro informes que tenía pendientes desde hace un año para certificar que la rescisión del contrato de los trabajos que hizo la Junta está bien

Tras dictaminar favorablemente el pasado noviembre de 2015 el Consejo Consultivo de Andalucía sobre la rescisión del contrato de las obras de rehabilitación, mejora y adecuación del Palacio de Congresos de Córdoba, adjudicado a la empresa Aldesa Construcciones S.A., este órgano ha vuelto a dar la razón a la Junta de Andalucía en una nueva remesa de resoluciones.

En total, son cuatro resoluciones que administrativamente desbloquean el proceso. Las resoluciones se refieren a la dirección y diseño de los distintos proyectos de obra que se firmaron con la empresa a la que se encargaron los trabajos. Las cuatro resoluciones están firmadas en la misma fecha, el pasado 21 de septiembre, por el Consejo Consultivo de Andalucía, y eran los últimos trámites que estaba esperando el Gobierno andaluz para poder readjudicar las obras y reabrir el centro de la calle Torrijos.

En junio de 2014, la Junta de Andalucía adjudicó la obra a la empresa Aldesa por un importe 1.291.653 euros justificando la empresa su mejor oferta económica, entre otras cuestiones por disponer el grupo de la suficiente capacidad para realizar los trabajos sin necesidad de subcontratar los mismos.

El primer dictamen del Consejo Consultivo, firmado en noviembre de 2015, detallaba cómo había sido el proceso hasta que se paralizaron las obras. Tras más de un año y medio de obras solo se había ejecutado un 38% del presupuesto, según reza el dictamen del Consultivo. El este documento se detalla que la empresa no tiene material almacenado, que en la obra hay solo personal técnico y un par de obreros de una subcontrata y que, para colmo, “se muestra insumisa” a las órdenes de la Junta, haciendo en ocasiones lo contrario de lo que se le dice. “Lo que se traduce en una ejecución a menudo sin sentido, que obliga a deshacer algunos de los tajos realizados, con los consiguientes perjuicios”, indica el dictamen.

Los problemas comienzan en septiembre del 2014 cuando se detectan filtraciones en la cubierta de fibrocemento del salón principal. Se encargan los trabajos a la empresa y se elabora un plan de actuación en enero de 2015. Este es el origen de toda la disputa porque, nuevamente, surgen sorpresas en el espacio a reformar. La empresa no está de acuerdo con el presupuesto y presenta alegaciones por un valor de 918.000 euros que la Junta se niega a asumir.

Mientras tanto, la empresa decide parar “unilateralmente” los trabajos a finales de abril de 2015. “Desde entonces, apenas comienza ni termina ninguna partida del proyecto y mantiene a poco personal en la obra, con excepción de todo el personal técnico. Esta paralización se observa en las certificaciones emitidas y en las órdenes de obra de la Dirección Facultativa. Las subcontratas se han ido progresivamente de las obras”, reza el dictamen.

En esos días, la Junta cursa visita a las obras y, cuando llegaron a los almacenes, “se comprobó que los materiales no estaban en los citados almacenes. Estos materiales fueron acopiados y certificados en diciembre de 2014 y pagados en 2015. Estos materiales tampoco están hoy en la obra”, según el dictamen, que sobre el personal indica que “sólo mantiene el personal técnico y alguna persona de dos subcontratas. La subcontrata de la estructura metálica se fue de las obras y no se ha contratado otra. Las obras están técnicamente paradas”.

Junto a esto, el dictamen deja bien claro que “el 30 de junio de 2015 se terminó el plazo de la ejecución de las obras. Durante todo este periodo la empresa ha ejecutado sólo el 38,07% del presupuesto de ejecución material de las obras contratadas”. Además, la empresa “se manifiesta insumisa a las órdenes de la Dirección Facultativa y a los requerimientos de la Delegación Territorial para ejecutar las partidas pendientes del proyecto contratado, según las indicaciones de la Dirección Facultativa”, señala el texto del Consultivo, en el que se da la razón a la Junta para rescindir el contrato por incumplimiento de la empresa y reclamarle tanto la fianza por las obras como los daños y perjuicios.

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