Un juez desestima la demanda contra una madre separada que convive en la casa con otra pareja
El Juzgado de Primera Instancia número cinco de Córdoba ha desestimado la demanda presentada por un hombre contra su exmujer para modificar las condiciones de la guarda y custodia de su hijo. Según el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, el hombre alegaba que según la jurisprudencia del Tribunal Supremo la unidad familiar había quedado rota y tenían que abandonar el piso.
Según el fallo, la mujer y el hombre acordaron en su separación que la madre conviviría en el piso con su hijo, donde además tenía una pensión de alimentos. Posteriormente, en el año 2017 (antes de la sentencia del Supremo) el hombre firmó una modificación de las condiciones por el que renunciaba a la compensatoria a cambio de que la madre y su hijo vivieran en el piso. El niño se negaba a seguir adelante con el régimen de visitas, según el fallo.
Ahorra, la defensa de la mujer, ejercida por el abogado Marcos Santiago Cortés, alegó en el juicio que el hombre ya había renunciado a la modificación sustancial de las causas del divorcio. La Fiscalía se opuso a este criterio.
Finalmente, el juez ha acabado dando la razón a la madre, señalando que el demandante ya había modificado las condiciones y asumido que la unidad familiar estaba formada por madre e hijo.
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