El juez desestima la demanda que impuso la violinista del Puente al Ayuntamiento
El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Córdoba ha decidido desestimar la demanda que interpuso la violinista de la Puerta del Puente, Klara Gomboc, que abandonó la ciudad después de que el Ayuntamiento decidiese regular el uso de los espacios públicos para las actividades artísticas musicales. Gomboc presentó un recurso contra el desistimiento de la Reclamación de Responsabilidad Patrimonial por los prejuicios económicos que dice haber sufrido. La joven solicitaba 50.000 euros al Ayuntamiento.
El juez ha desestimado su demanda, al considerar que no había lugar a la misma, según el fallo que este viernes conocerá la Junta de Gobierno Local, en su reunión semanal.
Como informó en su día este periódico, la mujer se siente agraviada por la ordenanza municipal que ordenaba el espacio público ya que ella había obtenido permiso para tocar bajo la Puerta del Puente durante el anterior mandato del PP. Finalmente, la eslovena decidió abandonar no solo ese escenario monumental, sino también la ciudad.
El decreto en vigor por el que la mujer decidió marchare recoge que “tanto en su aspecto horario, como el diario o la temporalidad de la actividad (meses, años,…), se hace preciso clarificar que en todo caso las autorizaciones de estas actividades tienen un claro carácter efímero o temporal (…), y por tanto, no constituye una ventaja o mérito el haber tenido anteriores, (…), toda vez que la rotación es otro de los criterios obrantes”.
El decreto prosigue que “caso de superar los solicitantes (con requisitos y cualificación) al número de autorizaciones previstas, se procederá a su adjudicación por licitación, que establecerá el orden de turnicidad”. Las autorizaciones se otorgarán por un máximo de nueve meses, renovables salvo que exista lista de espera, hasta un máximo de cuatro años.
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