CSIF pide información sobre el traspaso de activos y pasivos de Procórdoba a la GMU
El sindicato presenta un recurso contra la encomienda de gestión a la Dirección General de Recursos Humanos y Salud Laboral del Ayuntamiento
La Sección Sindical de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF, de Córdoba en la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU), ha presentado un escrito en el que solicita al presidente y al secretario del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba información sobre el acuerdo plenario del pasado 13 de mayo por el que se aprueba la transmisión de activos y pasivos de Procórdoba a la GMU.
Concretamente, el sindicato pide una certificación del citado acuerdo plenario, así como sendas copias de la Comisión liquidadora aprobada y de los informes de la Intervención municipal y de la GMU sobre este asunto. La central sindical recuerda que en los documentos de ambos entes independientes se pone en cuestión la transmisión de activos y pasivos de Procórdoba a la Gerencia por considerar que tal acuerdo supondría “un grave perjuicio económico en los presupuestos de la GMU”.
CSIF defiende que la documentación solicitada es “esencial” para el normal desarrollo de la actividad sindical de la Sección de CSIF en la Gerencia por “la repercusión que dicho acuerdo puede tener en la GMU”. Además, el sindicato muestra su “disconformidad” y “protesta” por el hecho de que este acuerdo no hubiese sido comunicado ni negociado con los representantes legítimos de los trabajadores a través de la Junta de Personal y del Comité de Empresa.
Por otro lado, CSIF, a través de sus Servicios Jurídicos, ha presentado ante el juzgado un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del pasado 21 de marzo en el que ratificaba la encomienda de gestión propuesta por la GMU a la Dirección General de Recursos Humanos y Salud Laboral del Consistorio. Entre los motivos esgrimidos para pedir la suspensión de este acuerdo se señalan la falta de competencia del presidente de la Gerencia para instar dicha encomienda de gestión y de la Junta de Gobierno Local para aprobar este punto, así como la ausencia de justificación y concurrencia para adoptar esta decisión de manera urgente.
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