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El Córdoba CF SAD “puede y debe” inscribirse

Carlos González, en la última junta de accionistas del Córdoba CF SAD

Rafael Ávalos

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Quizá haya quien tenga dudas respecto de la situación. Resulta comprensible pues se trata de un panorama completamente desconocido. No sólo en la ciudad, así como en la provincia sino en toda España. Básicamente porque el proceso inicial tiene lugar por primera vez en este caso. Y con éste, un escenario también insólito. Mientras prosigue el Córdoba CF, el Córdoba CF SAD pretende competir también. La segunda idea es la que maneja Carlos González, a través de su mercantil, Azaveco, como presidente de la antigua sociedad. ¿Pero es posible su inscripción en el momento en que se abra el plazo para ello dadas las circunstancias actuales? Sí, de hecho fuentes próximas a la entidad afirman que “puede y debe” hacerlo. De entrada, para intervenir en la última categoría provincial, que es Segunda Andaluza.

Fue el pasado 25 de mayo cuando hubo constancia de la postura de Carlos González al respecto. “Vamos a sacar el equipo en la última categoría”, expresó entonces a ABC Córdoba en declaraciones de las que se hizo eco este periódico. Entonces sí tenía un requisito por delante: contar con un plan de viabilidad por la crítica situación financiera en que se encuentra la sociedad. Dicho plan ya existe, al menos a modo de propuesta dentro del convenio de acreedores presentado por Azaveco el pasado miércoles en el Juzgado de lo Mercantil número 1. Porque no puede olvidarse que el Córdoba CF SAD está en proceso concursal y cuenta con una administrador, Francisco Estepa. Dichos hechos ligados son fundamentales para entender las siguientes consideraciones.

Contextualizada la realidad actual de la sociedad, la primera pregunta que bien puede surgir en el entorno -afición y medios- es si Carlos González tiene posibilidad real de inscribir un nuevo club sin tener aprobado antes el citado convenio de acreedores. La respuesta es sí. Puede acudir a la Real Federación Andaluza de Fútbol (RFAF) desde el instante en que abra el plazo para la inclusión de equipos en las competiciones que regula. En este sentido, ya avanzó ABC Córdoba días atrás que el empresario canario inició contactos con el ente autonómico para saber de períodos y trámites. Fue, por cierto, después de recibir aprobación por parte de la administración concursal. En torno al 30 de julio existe la opción de ver al Córdoba CF SAD en la lista de conjuntos adscrito a la institución presidida por el pozoalbense Pablo Lozano. No, no es necesaria en ese momento la firmeza del mencionado convenio.

Así lo explican a CORDÓPOLIS fuentes jurídicas consultadas al caso. La razón por la que no tiene escollo en este sentido es que la sociedad no está en liquidación sino en concurso, de forma que, aunque parezca lo contrario hoy en día, la actividad no para. Resuelta dicha incógnita, surge otra acerca de una posible segunda traba. Hoy por hoy el Córdoba CF SAD está bajo la presidencia de Carlos González, es correcto y así lo establece el Registro Mercantil. Pero no tiene propietario. El tinerfeño está en pleno juicio, al fin, con el último dueño y mandatario de la entidad, Jesús León, para dirimir a quien corresponde la potestad del club. Todo se decide en Madrid tras denuncia del primero por el impago de 4,5 millones de euros, correspondientes a la compraventa que ambos firmaron en enero de 2018, por parte del segundo. ¿Existe vacío legal que impida la inscripción de la pretendida nueva entidad? Rotundamente no.

Las mismas fuentes jurídicas consultadas por este periódico precisa que, como todas, la compañía tiene socios y administradores. Mientras los primeros se enfrentan en una sede judicial, los segundos siguen adelante con la gestión. En este caso, al haber un concurso de acreedores en marcha, el poder decisorio lo tiene Francisco Estepa como administrador concursal. Quiere decir esto que cada euro que quiera desembolsarse debe estar obligatoriamente autorizado por dicha figura. Ya es conocida esta idea, al no ser éste el primer proceso de este tipo que vive el Córdoba CF SAD. Por supuesto, la aprobación en cada momento o de cada movimiento está sujeta a la Ley Concursal, no por cuenta propia y ya. De esta forma, tampoco hay obstáculo en este punto para Carlos González y la creación de un nuevo club que sustente de unidad productiva a la empresa deportiva. No en vano, su famosa unidad productiva, valga la redundancia, es propiedad de Infinity a través de Unión Futbolística Cordobesa (UFC).

Pero con esta última aclaración es lógico que pueda sobrevenir una tercera duda. ¿Si se inscribe el Córdoba CF SAD, puede torpedear la continuidad como el Córdoba CF histórico? Y la respuesta es sencilla una vez más. No, no afecta lo más mínimo. La razón es simple: el club gestionado por UFC cuenta desde septiembre de 2020 con el código que antes perteneció a la antigua SAD. Éste no es otro que el 4001, revisable en los medios de la RFAF. Es decir, el Córdoba CF que compitió en Segunda B a lo largo de la campaña 2020-21 intervino como el surgido –tras refundación por fusión de otras dos entidades- en 1954. Tal dato es la comprobación definitiva, añadida al hecho de que actúa con mismos colores y escudo, con misma identidad. Todo es tras la firmeza jurídica otorgada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 al proceso iniciado a finales de 2019 y la aceptación por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).

El resumen de lo descrito es fácil. El Córdoba CF SAD “puede y debe” inscribirse en el momento oportuno o correspondiente. No se lo impiden una falta de aprobación previa del convenio de acreedores y tampoco, la duda jurídica sobre la propiedad, discutida, en efecto, por Carlos González y Jesús León. Y por último, va a actuar con nombre ya conocido pero como nueva institución deportiva: la sociedad sigue, el club es distinto. De ahí que no tenga permitido, eso sí, utilizar el escudo que antes le perteneciera. Y, a todo esto, ¿por qué fuentes próximas a la concursada aseguran que “debe” competir? Básicamente porque de lo contrario no es factible el plan de viabilidad y por tanto la supervivencia de la empresa. “La reactivación de la actividad económica del CCF SAD es el principal activo de futuro para el cumplimiento del convenio”, se recuerda en este sentido en la propuesta de acomodo concursal.

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