UGT registra tres denuncias por no respetarse la normativa contra el calor
Inspección de Trabajo tiene que emitir resolución acerca de dos empresas de la provincia y una de la capital
La campaña para la prevención de accidentes laborales por estrés térmico iniciada en junio en Córdoba por UGT cuenta ya con tres denuncias en firme ante la Inspección de Trabajo y a la espera de resolución, presentadas contra dos empresas de la provincia y una de la capital que, según el sindicato, no han respetado la normativa en materia de protección contra el calor, señala un comunicado.
El secretario provincial de Acción Sindical y Salud Laboral de UGT-Córdoba, Jaime Sarmiento, ha dicho sentirse “satisfecho por el gran seguimiento de la jornada continua que se observa en general en las empresas”. Sarmiento ha insistido en la importancia, tanto de la jornada continua, como de otras medidas que combaten el estrés térmico ante las altas temperaturas que están caracterizando este verano, tras unos días de mucho calor que van a continuar con temperaturas máximas superiores a 40 grados.
A su juicio, “es importante también que este llamamiento, además de a las empresas, llegue a muchos autónomos que realizan trabajos continuados o chapuzas ocasionales y que pueden exponerse a un golpe de calor o un desvanecimiento”, según ha indicado el responsable de Salud Laboral de UGT-Córdoba.
Precisamente, muchos accidentes laborales tienen su causa en el estrés térmico, por ejemplo debido a mareos o desvanecimientos durante el desempeño del trabajo. En casos de más gravedad se pueden producir golpes de calor, que a veces revisten gravedad mortal. Por ello, UGT insta a las empresas al cumplimiento de las jornadas especiales establecidas en los convenios, recordándoles que la prevención de riesgos no es un coste, sino todo lo contrario, un valor añadido que incrementa la productividad.
Si los trabajadores sufriesen accidentes graves, o incluso mortales, relacionados con el estrés térmico y estuviesen incumpliendo las normas acordadas en el convenio, podrían -ellos o sus familia- no recibir la indemnización correspondiente. A su vez, estos accidentes laborales, además del perjuicio que ocasionan al trabajador afectado y a su familia, también acarrean sanciones a los empresarios, no solo por incumplimientos laborales, sino en materia civil e incluso penal.
Con independencia de que existan regulaciones en la materia en cuanto a trabajos en exteriores, el Real Decreto 486/97 establece las condiciones mínimas de seguridad obligatorias en los puestos de trabajo interiores, incluidas las térmicas y, en este caso, las temperaturas máximas y mínimas recomendables.
0