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El TSJA desestima uno de los recursos de Cosmos contra Urbanismo

Cementera Cosmos | MADERO CUBERO

Manuel J. Albert

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La cementera se opuso en los tribunales a la suspensión durante un año por parte de la Gerencia Municipal de dar licencia a una incineradora

Revés para la cementera Cosmos en su apuesta por instalar una incineradora en su fábrica de Córdoba. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado su recurso contra una sentencia del juzgado de lo Contencioso número 3 de Córdoba que avalaba la decisión de la Gerencia Municipal de Urbanismo de suspender durante un año cualquier licencia a un sistema que queme residuos para obtener energía con la que mantener la actividad industrial de la fábrica. Este proceso, al que la empresa llama valorización de residuos, ha sido contestado por sectores vecinales y ecologistas, si bien tiene el apoyo de sindicatos y trabajadores.

Cosmos pedía a los tribunales que, ante la decisión de la Gerencia de suspender licencias para incineradoras, se aplicasen al menos medidas cautelares que permitiesen la actividad mientras se resolvía el litigio. En su día, los servicios jurídicos del Ayuntamiento argumentaron su oposición a la solicitud de estas medidas cautelares, ya que mientras que se dirimía esta cuestión “el daño o perjuicio que se causaría a la empresa no es irreparable”; esto es, la suspensión que reclama Cosmos no está justificada ni causa un perjuicio económico en caso de mantenerse. El juzgado estimó la defensa del Ayuntamiento y ahora el TSJA ha terminado de tumbar la petición de Cosmos.

En la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía recuerda que en el momento del recurso de Cosmos, “la adaptación e instalación de la actividad [de la incineradora] no estaba autorizada, sino que requería del correspondiente procedimiento administrativo de otorgamiento de licencia” y añade que por su mera petición tampoco puede desprenderse “la concesión automática”.

Es más, insisten los jueces, “el procedimiento administrativo requiere de la correspondiente presentación del proyecto técnico y de informes técnicos y jurídicos previos a la concesión administrativa”. Por todo ello, el TSJA da la razón a la defensa del Ayuntamiento al determinar que el hecho de no atender las medidas cautelares de Cosmos “no causaría los perjuicios que se alegan” y que hay que por tanto, hay que primar la protección de los intereses públicos frente a los económicos.

No obstante, la batalla por las medidas cautelares no ha acabado. De manera paralela al primer recurso, Cosmos presentó otro en el que señalaba que en la decisión de Urbanismo de suspender la licencia a la incineradora no se citaban los términos “biomasa” o “residuos no peligrosos”. La cementera cimentó su recurso en el argumento de que la quema de estos materiales no es incompatible con los usos previstos en el PGOU. Además, insistió en el hecho de que cuenta con todas las autorizaciones de la Junta en materia medioambiental. Esta vez, el mismo juzgado de lo Contencioso número 3 que había rechazado el anterior recurso, dio la razón a la multinacional y ordenó al Ayuntamiento que tramitase la licencia. El Consistorio recurrió dicha sentencia.

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