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Un vecino logra que el juzgado le condone 23.340 euros de deuda y pueda vivir en su casa sin pagar hipoteca

Pasillos vacíos en la Ciudad de la Justicia.

Redacción Cordópolis

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha condonado una deuda de 23.340 euros a un vecino de Córdoba que se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad, y que además podrá vivir en su vivienda sin pagar ni hipoteca ni alquiler.

Según la sentencia, facilitada a este periódico por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, el juez ha accedido a la concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho para este vecino de Córdoba, que además puede seguir viviendo en su casa mientras se resuelve el procedimiento de ejecución hipotecaria que ha iniciado el banco acreedor.

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha indicado que el demandante contaba con una buena situación económica pero sufrió una drástica reducción de ingresos a causa de un problema en la columna, del cuál se tuvo que operar, y le impide a día de hoy trabajar. Así, pidió una serie de préstamos para hacer frente a los gastos de la vivienda, que no pudo cubrir. “Ante el miedo de quedar sin casa y con deuda, decidió solicitar información sobre cómo protegerse de los bancos y conseguir la condonación de sus deudas. Tras ser asesorados minuciosamente por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, los abogados de esta entidad sin ánimo de lucro le aconsejaron declararse insolventes y acogerse al proceso de Ley de Segunda Oportunidad”, afirma el comunicado que acompaña la sentencia.

Así, explican que tras acogerse a este proceso, se dio por paralizado cualquier embargo judicial y pudo volver a usar cuentas bancarias a su nombre. Hecho esto, se presentó la demanda de concurso de acreedores y se procedió a pedir la exoneración de las deudas tras un concurso de acreedores sin masa. Pepe Domínguez, abogado de la Asociación en Córdoba, ha explicado que con la nueva reforma de la ley en septiembre existe una peculiaridad para este tipo de concursos de acreedores y que beneficia a aquellos que viven en casas hipotecadas y no pueden pagar dicha hipoteca.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Una vez comprobadas estas condiciones, el juez encargado del presente caso ha perdonado a este cordobés el pago de todos sus créditos de forma definitiva, quedendo libre de pagar 23.340,80 euros. Con esta sentencia, ya son 46 las conseguidas por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que va de año, lo que muestra la buena aplicación de este proceso por parte de los juzgados en todo el país. Todas las sentencias de la entidad son de libre acceso en www.liberatusdeudas.es

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