La trama del falso aceite de oliva virgen extra destapada en Córdoba desvela otra de evasión fiscal de oro y plata

La Audiencia Nacional acaba de condenar a un cordobés a un año y nueve meses de prisión por un delito continuado de falsedad en documento mercantil en una trama de evasión fiscal de oro y plata. Se da la circunstancia de que este procesado fue investigado por la Policía en otra causa: la del aceite de oliva virgen extra adulterado que finalizó a principios del año pasado con tres personas condenadas. Estas trasladaban el aceite comprado a una nave industrial situada en Aguilar de la Frontera y lo mezclaban con aceite de girasol.
Según los hechos probados de la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, el procesado en la causa de evasión fiscal de oro y plata contactó con los responsables de dos mercantiles, quienes se dedicaban a la compraventa al por mayor de oro y plata. Estos mayoristas buscaban eludir el pago de sus obligaciones fiscales derivadas de las ganancias obtenidas entre los años 2010 y 2013. Para ello, el condenado convino con estos mayoristas la emisión de facturas falsas con un tripe objetivo. Por un lado, justificar el origen irregular del oro. Parte del mismo que adquirían los mayoristas provenía de cauces irregulares y de personas desconocidas. Las facturas falsas se utilizaban para simular adquisiciones al por mayor y así justificar el origen de este metal.
En segundo lugar, en las facturas también se indicaban cantidades más elevadas para simular un mayor gasto en la adquisición del metal. De esta manera, los mayoristas podían minorar sus beneficios declarados y rebajar el importe del Impuesto de Sociedades que debían pagar. Y, en tercer lugar, en relación con la plata, se emitieron facturas por supuestas adquisiciones gravadas por el IVA. Los mayoristas reclamaban la devolución de este IVA a sabiendas de que los emisores de las facturas simuladas no habían ingresado dichas cuotas en la Agencia Tributaria o directamente eludían su ingreso.
Para llevar a cabo la emisión de estas facturas falsas, el condenado se valió de más de una decena de entidades mercantiles, alguna de las cuales fueron adquiridas o constituidas a nombre de terceras personas. En algunos casos, esas personas desconocían los hechos y, en otros, sabían lo que estaba ocurriendo, pero, a cambio, recibían hasta 1.500 euros semanales.
Entre los dos mayoristas dejaron de ingresar 1.232.933,7 euros. A principio de enero de 2024, por esta causa fueron condenadas 12 personas físicas y cinco, jurídicas. El cordobés no asistió a este juicio y, una vez localizado, se celebró el plenario en la Audiencia Nacional, quien ha fallado que la falsedad en documento mercantil se produjo de manera continuada en el tiempo, propiciando un soporte para llevar a cabo la defraudación del Impuesto de Sociedades durante los años 2011, 2012 y 2013. Si bien estos hechos han quedado probados, el tribunal ha considerado que no ha quedado acreditado que el procesado fuera consciente de que dichas facturas serían empleadas específicamente para el fraude tributario.
En resumen, el delito consistió en la acción continuada de falsificar facturas mercantiles con el fin de facilitar a las empresas mayoristas de oro y plata la justificación de la adquisición irregular de metal y la disminución fraudulenta de sus beneficios fiscales, aunque sin que se probara la conciencia de Juan María sobre el uso específico de las facturas para el fraude tributario.
Durante el juicio oral, el procesado reconoció su participación en los hechos, lo que fue considerado como una atenuante analógica de confesión. Además de la pena de prisión, tendrá que abonar las costas procesales y una multa de 1.630 euros.
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