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Una sentencia convierte en indefinida a una limpiadora de la Junta contratada como temporal desde 2007

Tribunal Supremo

Alfonso Alba

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La Sección 1 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación de la Junta de Andalucía contra una sentencia que convertía en indefinida a una limpiadora cordobesa que está contratada desde el año 2007 como temporal.

Según el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, se ratifica la sentencia que ya firmó en 2017 el Juzgado de lo Social número dos de Córdoba, tras la demanda de la limpiadora. La empleada fue contratada como personal laboral pero temporal en el año 2007 y adscrita a la Consejería de Educación en la provincia de Córdoba. Con el paso de los años, la mujer encadenó contratos de trabajo temporales de manera ininterrumpida, por lo que optó por demandar a la Junta.

La sentencia señala que el contrato se realizó para ocupar una plaza prevista en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la Consejería de Educación en la provincia de Córdoba. Con el paso de los años, esa plaza nunca se sacó a concurso y siempre fue ocupada por esta empleada de manera temporal y provisional. Ahora, el fallo considera que al pasar más de tres años desde su primer contrato (a partir del tercero hay que sacar la plaza a concurso) procede considerar a la trabajadora como indefinida no fija.

El Supremo, además, avala que además del pago de los atrasos se condene en costas a la Junta de Andalucía y al abono de una indemnización de 1.500 euros en favor de la limpiadora.

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