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Un juez rechaza el recurso de un condenado por drogas a 18 años que pedía la eliminación de controles especiales sobre él

Cárcel de Córdoba

Alejandra Luque

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de un interno de la cárcel de Córdoba que pedía ser excluido del Fichero Fichero de Internos de Especial Seguimiento (FIES), en la categoría de Delincuencia Organizada y, además, cuestionaba su legalidad. El magistrado Francisco Javier Vieira ha desestimado su escrito en el que ahonda sobre la legitimidad del FIES y aduce que el hombre fue condenado a 18 años de prisión por dirigir una organización criminal dedicada al tráfico de drogas, por lo que el control que el centro penitenciario debe hacer sobre él es mayor.

Según la sentencia de la Audiencia Nacional, el FIES es una base de datos que fue creada por la necesidad de disponer de una amplia información sobre determinados grupos de internos de alta peligrosidad en atención a la gravedad de su historial delictivo o a su trayectoria penitenciaria, o bien necesitados de protección especial. Su naturaleza es administrativa y los datos que almacena están referidos a la situación penal, procesal y penitenciaria.

No obstante, la inclusión de un preso en el FIES no puede determinar “un régimen de vida diferente” ni excusar la aplicación de medidas que impliquen limitaciones regimentales o restricción o limitación de derechos. Asimismo, la alta o la baja de este fichero se produce por decisión del centro penitenciario a la vista de informes.

Además de dejar patente la legalidad del Fichero, el magistrado insiste en que su incluso en el FIES responde al crimen cometido: delito contra la salud pública dirigiendo una organización criminal con conexiones interancionales.

Por último, el juez Vieira recuerda al preso -tal y como él mismo señala- que su inclusión en el FIES no le está ocasionando “un perjuicio verdadero” ya que está disfrutando de permisos y su estancia en la cárcel es “normal”.

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