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Una empresa de jamones de Fuente Obejuna, condenada a devolver 71.000 euros de fondos mineros por no crear empleo en el pueblo

Un policía junto a la fachada de la Audiencia Nacional.

Alejandra Luque

24 de marzo de 2026 19:58 h

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La Audiencia Nacional ha confirmado que una empresa de jamones de Fuente Obejuna deberá reintegrar la totalidad de una subvención de 71.480,30 euros recibida para la modernización de sus instalaciones, una ayuda que provenía de los fondos destinados a reactivar las zonas mineras. Uno de los requisitos de estas subvenciones es la generación de empleo en la zona, condición que la entidad no habría cumplido.

Los hechos se remontan a noviembre de 2012, cuando el Gobierno concedió a la cárnica cordobesa una ayuda máxima de 75.000 euros, diseñada específicamente para generar empleo alternativo en las comarcas que sufrían el cierre de las minas de carbón.

A cambio de esta subvención, la empresa se comprometió a un ambicioso proyecto de modernización de sus instalaciones con una inversión de 318.926,89 euros. Una condición sine qua non Para recibir esta ayuda era que la empresa debía mantener sus 15 empleos existentes y crear uno nuevo a tiempo completo en Fuente Obejuna. En 2013, la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) certificó que la inversión se había realizado y se pagaron los 71.480 euros finales. Sin embargo, el compromiso no terminaba ahí: la empresa debía mantener esa plantilla de 16 personas al menos hasta el 31 de diciembre de 2015.

La sorpresa llegó en febrero de 2017. Tras revisar los informes de vida laboral y la plantilla media de la Seguridad Social, la Administración descubrió que durante el periodo de mantenimiento, la empresa solo disponía de 12 trabajadores, frente a los 16 comprometidos.

Ante esta situación, el Instituto para la Transición Justa (ITJ) inició un procedimiento de reintegro total. La empresa recurrió, alegando que los 14 o 15 trabajadores que declararon al principio incluían también a los empleados de una “tienda que poseen en Málaga”. Según su versión, si se sumaban los centros de Córdoba y Málaga, el empleo sí se había mantenido. Pero la Audiencia Nacional ha rechazado esta “alambicada interpretación”.

Entrada a la Audiencia Nacional.

En ese sentido, el fallo subraya que los fondos mineros tienen como objetivo fundamental “promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas de la minería del carbón” para generar “actividades económicas alternativas”. Por ello, “los nuevos puestos de trabajo han de crearse en dichas zonas, entre las que no se encuentra Málaga”.

Además, la sentencia analiza que el día antes de pedir la ayuda, la empresa tenía 21 empleados en total: 14 en Córdoba y siete en Málaga, por lo que los trabajadores que había en Fuente Obejuna “constituían el parámetro sobre el que incrementar y mantener el empleo en un trabajador, condición que no fue cumplida”.

Por último, la Audiencia Nacional también ha rechazado que la empresa devolviera un 20% de la ayuda, tal y como pedía subsidiariamente. En su defensa, la entidad apelaba al “principio de proporcionalidad”, ya que la inversión en maquinaria sí se había realizado. Sin embargo, el tribunal ha insistido en que la creación y mantenimiento del empleo en el municipio es un “requisito mínimo” e indispensable. Al no haber mantenido siquiera el personal inicial en la zona del Guadiato, se considera un “incumplimiento total”, lo que obliga a la empresa a devolver la ayuda íntegramente.

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