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Absuelven a un varón que estaba acusado de abusar de una amiga bebida tras una cena de trabajo

Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Europa Press

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a un varón de unos 36 años de edad que estaba acusado de un delito de abusos sexuales supuestamente cometido sobre una amiga que se encontraba en una cena de trabajo y había consumido varias bebidas alcohólicas en la capital cordobesa.

En la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se da por probado que la noche del viernes 20 de septiembre de 2020, en un local de ocio de la capital, el acusado coincidió con la mujer, que se encontraba en una cena de trabajo con compañeros y otros amigos, durante la cual, y en el tiempo que duró la estancia en la zona de copas del establecimiento, “ella tomó varias consumiciones alcohólicas”.

Mientras estuvo en la zona de copas, ella mantuvo un contacto constante con el acusado, de quien era amigo, llegando éste a invitar a alguna 'ronda' a la mujer y a las personas que con ella estaban.

Entre las 23:00 y las 0:00, ella comenzó a “sentirse mal, mostrando desinhibición y pérdida de equilibrio, con dificultad para hablar, sin haberse podido determinar si ello fue debido a una ingesta excesiva de alcohol o a la mezcla con algún tipo de sustancia tóxica”.

Así las cosas, en un momento determinado, cayó al suelo, siendo auxiliada por una amiga y compañera de trabajo, así como por el acusado, “quien acaparó el protagonismo, apartando a la amiga para sacar a la calle a la afectada con el fin de que tomara aire y se mejorase”.

En el exterior permanecieron unos 20 minutos aproximadamente. Después de ese intervalo, él volvió al interior del establecimiento y recogió la chaqueta y el bolso de ella para, “seguidamente, dirigirse en un taxi con ella hasta el domicilio de ésta”, donde mantuvieron relaciones.

“No consta que el acusado se aprovechase del estado de intoxicación en que se encontraba ella, desconocido como quedara en esos instantes el grado de influjo en ella de la ingesta, ni tampoco, por ende, queda acreditado que ella careciese de la suficiente capacidad intelectual para decidir libremente mantener una relación sexual”, según apuntan los jueces. Contra dicha sentencia cabe recurso de recurso de apelación ante el TSJA.

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