El PP se quedará sin un vocal en Encinarejo tras empadronarse fuera de la entidad local autónoma
El Partido Popular (PP) perderá un vocal en la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma (ELA) de Encinarejo si su representante sigue empadronado fuera de este territorio, según ha podido saber Cordópolis tras la respuesta de la Junta Electoral Central (JEC) a una pregunta de otro dirigente.
Tal y como aparece en la doctrina fijada por el organismo arbitral, cualquier vocal que pierda su condición de vecino al empadronarse fuera del municipio debe ser cesado, ya que los requisitos de elegibilidad deben mantenerse vigentes durante todo el mandato. Esta resolución afecta directamente a un representante del PP en la localidad, quien habría fijado su residencia habitual fuera de la ELA.
El proceso se inició tras una serie de consultas elevadas por la Secretaría-Intervención de la ELA de Encinarejo. El 21 de enero de 2026, el secretario planteó formalmente ante la JEC la duda de si era obligatorio mantener el empadronamiento y la residencia habitual en la localidad para conservar el cargo de vocal o presidente durante toda la legislatura. La respuesta fue clara al recordar que, según acuerdos anteriores, en el supuesto de que la vecindad sea una condición de elegibilidad, “ha de mantenerse dicha condición durante todo el mandato”.
Por tanto, el organismo dictaminó, por otro lado, que los vocales de las entidades locales autónomas son “cargos públicos representativos”, a pesar de que su elección se realice mediante un procedimiento de “extracción democrática de segundo grado”. Por tanto, para el desempeño de su cargo, se les exige la misma documentación y el cumplimiento de los mismos requisitos que a cualquier candidato ordinario, incluyendo el compromiso de no incurrir en causas de inelegibilidad como sería la pérdida de la residencia en el municipio.
Con esta interpretación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la situación del vocal del PP se vuelve complicada. La JEC recalca que, aunque no le corresponde verificar directamente el funcionamiento diario de las corporaciones locales, la ley lo subraya: si la vecindad es requisito para acceder al cargo, su pérdida conlleva el cese. De este modo, el PP se verá obligado a sustituir a su representante por otra persona que sí cumpla con el requisito legal de estar empadronada en Encinarejo.
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