El Colegio de la Abogacía ofrece ya a la ciudadanía su Centro de Conciliación como nuevo medio de resolución de conflictos
El Colegio de la Abogacía de Córdoba ha presentado este miércoles el Centro de Conciliación, una nueva herramienta que incorpora a su abanico de medios para la resolución de conflictos. Se trata, así de “ofrecer más opciones y más herramientas, con total seguridad jurídica, para que cada conflicto se aborde de la forma más adecuada”, según ha explicado el decano del Colegio, Carlos Arias,
Así, este Centro de Conciliación propio se incorpora a los medios alternativos de resolución de conflictos, a la vez que se erige como un medio de nuevas oportunidades laborales en la abogacía cordobesa. El decano del Colegio, Carlos Arias, ha apuntado que “vivimos en un momento transformación del sistema de justicia, con los tribunales con una elevada carga de trabajo” y, a la vez, con la necesidad de impulsar otras herramientas para descargar a los tribunales. “Hemos decidido dar un paso adelante y crear un Centro de Conciliación propio con todas las garantías”.
El decano del Colegio ha subrayado que la puesta en marcha del Centro de Conciliación responde a un doble objetivo: por un lado, “ofrecer a la ciudadanía herramientas útiles y garantistas para resolver conflictos, y por otro, acompañar a la abogacía en la adaptación a los cambios normativos y al creciente protagonismo de los medios alternativos de resolución de controversias”.
El Centro de Conciliación, que se establece de manera privada, no sustituye a otros mecanismos, sino que los refuerza y, con ello refuerza también la cultura del acuerdo con total seguridad jurídica. Para dar cobertura a esta herramienta, el Colegio de la Abogacía ha ofrecido formación con un curso propio a sus colegiados, de manera que les permita actuar como conciliadores conforme a la normativa legal actual.
Los abogados que actúen desde este centro gestionarán la actividad conciliadora en un conflicto y podrán proponer un acuerdo a las partes. Se crea así un espacio de escucha activa con las partes de un conflicto y, en función de su realidad, se propondrán acuerdos que solucionen el problema que se plantea, según ha explicado la diputada responsable de la Comisión de MASC, Ana María Delgado.
Las partes de un conflicto pueden solicitar ya la conciliación a través de la página web del Colegio de la Abogacía. Si el asunto cumple los requisitos para ser tratado desde el centro de Conciliación, si no tiene designado un conciliador se hará por orden de turno por parte del Colegio. Las sesiones pueden realizarse de forma presencial, pero también de manera telemática, así como con las partes conjuntamente o de forma separada. El procedimiento tiene una duración máxima de tres meses desde la recepción de la solicitud, lo que garantiza agilidad y evita dilaciones innecesarias. Salvo circunstancias excepcionales acreditadas, el procedimiento no podrá exceder de tres meses a contar desde la sesión inicial. En estos casos, por solicitud fundada y aceptada por las partes el plazo y las sesiones podrán ampliarse.
La conciliación ofrece todas las garantías para el ciudadano, ya que el acuerdo que se formalice se puede elevar a escritura pública o en un proceso homologado judicialmente. Además, que el proceso de conciliación sea voluntario, es una garantía para el cumplimiento de los acuerdos. Además, si una de las partes no está interesada en la conciliación, el Centro del Colegio de la Abogacía emitirá un certificado para su uso en tanto esa solicitud sea requerida en un proceso judicial.
El Centro de Conciliación se suma al servicio de mediación que ya ofrece el Colegio de la Abogacía, con profesionales cualificados y un conocimiento exhaustivo del sistema judicial. “Hay otros colectivos profesionales que pueden ser conciliadores, pero la experiencia jurídica que tenemos es un plus para el ciudadano que pueda acudir a nuestro Centro de Conciliación”, ratifica Delgado.
Además, destaca que una conciliación puede ser hasta más rápida, si las partes plantean sus posturas y se propone un acuerdo, que la mediación, además de ser más útil en determinados asuntos para su resolución.
Conciliación, mediación y requisito legal previo
La conciliación es uno de los medios adecuados de solución de controversias reconocidos legalmente y permite cumplir, en los supuestos en que así se exige, el requisito de procedibilidad previo a la vía judicial. De este modo, “el Colegio facilita a la ciudadanía el cumplimiento de la ley de forma ordenada, segura y con respaldo institucional”, ha señalado Delgado.
El Colegio ha querido destacar que el nuevo Centro de Conciliación no sustituye al Centro de Mediación, sino que lo complementa. Ambos comparten la finalidad de evitar la judicialización innecesaria de los conflictos, pero responden a necesidades distintas: mientras la mediación es especialmente adecuada para conflictos relacionales o de mayor complejidad emocional, la conciliación ofrece un procedimiento más estructurado y resolutivo, orientado a cerrar conflictos concretos o a cumplir exigencias legales previas.
Con la puesta en marcha de este nuevo servicio, el Colegio de la Abogacía de Córdoba amplía su oferta de medios alternativos de resolución de conflictos, refuerza la cultura del acuerdo y contribuye a una Justicia más moderna, eficiente y cercana a la ciudadanía.
Conciliación para beneficiarios de asistencia jurídica gratuita
Paralelamente a la puesta en marcha del Centro de Conciliación, se ha suscrito recientemente un convenio entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados por el que se instrumenta la concesión de una subvención directa, de carácter excepcional, a los Colegios de Abogados de Andalucía para financiar la designación de abogado o abogada que intervenga como experto conciliador en controversias civiles en las que, al menos, una de las partes tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Este sistema constituye una vía específica y diferenciada del Centro de Conciliación ordinario, al tratarse de un servicio impulsado y financiado por la Junta de Andalucía para garantizar el acceso a la conciliación de las personas beneficiarias del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
En estos supuestos, la labor del Colegio se limita al nombramiento del profesional de la Abogacía conciliador que corresponda por turno de designación, así como a la recepción de la información necesaria para gestionar el abono de las cantidades previstas en el acuerdo de subvención.
Para hacer efectiva esta prestación, el Colegio ha creado un listado específico de profesionales de la Abogacía que, estando en posesión de la formación mínima exigida por el convenio, estén dispuestos a desempeñar la labor de conciliador en controversias civiles en las que al menos una de las partes tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Con esta doble vía —Centro de Conciliación institucional y sistema financiado para beneficiarios de justicia gratuita— el Colegio refuerza su compromiso con una Justicia más accesible, moderna y cercana a la ciudadanía.
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