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Una sentencia condena al Santander a devolver 205.000 euros a una pyme de Palma

El responsable de Ausbanc en Córdoba. |MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La Audiencia Nacional confirma una decisión del Juzgado de Posadas en el que asegura que el banco comercializó de manera defectuosa un producto “flotante bonificado”

Una pyme del sector de la construcción de Palma del Río, que a punto estuvo de echar el cierre, recuperará más de 205.000 euros después de que una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba haya confirmado otra del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Posadas, que ha condenado a Banco Santander por la defectuosa comercialización de un producto “flotante bonificado”.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba resuelve que la entidad no ha cumplido con su deber de suministrar una correcta y completa información a su cliente, según ha informado la Asociación de Usuarios de la Banca (Ausbanc) a través de una nota de prensa.

El escrito también hace hincapié en que aunque si existía un test de conveniencia, no se encuentra el resultado del mismo, es decir, no consta la clasificación del cliente, que era la finalidad de dicho test, si bien una de las directivas que declaró en el juicio manifestó espontáneamente que el cliente era minorista, lo que demuestra que el perfil del cliente no era compatible con este producto financiero.

En su deber de información, las entidades deben advertir sobre las consecuencias perniciosas para el consumidor y para la actividad comercial o empresarial, de este tipo de productos. Contratos que se comercializaron con la información de que estabilizarían los tipos de interés, pero que han supuesto una sangría económica para los clientes que firmaron con “asimetría informativa” respecto de su banco de confianza.

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