Mascarillas como una segunda piel: primer día de su uso obligatorio
Este jueves 21 de mayo es el primer en el que ha entrado en vigor la obligatoriedad de llevar mascarilla para evitar contagios de coronavirus. Así lo ha estipulado el Gobierno, que publicaba en el Boletín Oficial del estado (BOE) las nuevas condiciones sobre el uso y los lugares donde se debe llevar mascarilla: todos los espacios cerrados de uso público, pero también en espacios al aire libre y la vía pública cuando no se pueda asegurar la distancia mínima de dos metros entre personas.
Con esa nueva norma, un paseo por Córdoba en la maána de este jueves dejaba ver imágenes del uso de la mascarilla por la mayoría de la población, sobre todo en lugares cerrados como los mercados y el resto del comercio, y también por la calle en vías donde el flujo de personas es alto.
Como una segunda piel adherida ya en el cuerpo no sabemos hasta cuándo, la mascarilla se ha convertido en ese momento imprescindible del estilismo personal para evitar contagios y prevenir que se expanda el Covid-19 entre la población. Y así, la mascarilla ha sido el elemento común en la mayoría de los cordobeses que salíana hacer sus compras, recados o sus paseos en la franja horaria permitida. Para el deporte, donde la exhalación es mayor, la orden ministerial no obliga a llevarla, siempre que se asegure la distancia entre personas.
El uso obligatorio de la mascarilla se extiende a todas las personas a partir de los 6 años y es recomendable en los niños de entre 3 y 5 años. También se consideran algunas excepciones para personas con dificultades respiratorias o que no puedan utilizarla por recomendación sanitaria. Hasta ahora, el uso obligatorio de mascarilla se circunscribía al transporte público.
Sanidad ha dispuesto que su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Asimismo, se deberá usar mascarilla “sin perjuicio de la necesidad de seguir cumpliendo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención”.
Excepciones
El BOE especifica que la obligación de usar mascarilla no será exigible en varios supuestos:
– Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
– Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
– Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
– Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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