Un informe municipal no ve incompatibibilidad del exgerente de Sadeco que trabaja ahora en la empresa de contenedores
Un informe emitido por el secretario del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba descarta la incompatibilidad del exgerente de la empresa municipal Sadeco, Francisco Ruiz, que ahora trabaja en la compañía Contenur, que tiene el contrato que la misma empresa municipal adjudicó para el suministro y gestión de los contenedores de basura de la ciudad.
El informe, al que ha tenido acceso este periódico y avanzado por Diario Córdoba, fue solicitado por el gobierno municipal y los grupos municipales de Hacemos Córdoba y el PSOE que denunciaron un posible caso de puerta giratoria de la empresa pública a la privada en el mismo ámbito. El secretario del Pleno concluye que la incorporación del exgerente de Sadeco a Contenur es válida en derecho y no hay causa de incompatibilidad.
El informe jurídico analiza la normativa vigente para determinar si la situación de Ruiz constituye una incompatibilidad, especialmente bajo el concepto de “puertas giratorias”, que busca evitar que antiguos cargos públicos aprovechen su posición o información para beneficio personal tras cesar en sus funciones. Se recuerda que fue gerente de Sadeco desde el 23 de julio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2023, fecha en la que cesó a petición propia. Posteriormente, desde el 2 de junio de 2025, pasó a prestar servicios como responsable comercial en Andalucía, Ceuta y Melilla para la empresa Contenur, que se dedica al mantenimiento de contenedores.
Dicha empresa formalizó un contrato de suministro con Sadeco el 23 de abril de 2025 por un período de ocho años y un presupuesto de 17 millones de euros. Además, Contenur ya había formalizado contratos con Sadeco durante el período en que Ruiz fue gerente de la empresa municipal.
No afectado por la normativa de incompatibilidad
El informe del secretario del Pleno no ve incompatibilidad en este caso, señalando que las leyes estatales y autonómicas que establecen restricciones y limitaciones posteriores al cese para “altos cargos”, como la Ley 3/2015 del Estado o la Ley 3/2005 de la Junta de Andalucía, no son directamente aplicables al exgerente porque no ostentaba la consideración de “alto cargo” del Estado ni del sector público estatal, ni tampoco de la comunidad autónoma andaluza ni del sector público autonómico. Por lo tanto, las prohibiciones específicas, como la de no trabajar durante dos años en entidades afectadas por decisiones en las que se participó, no le afectan directamente bajo estas normativas.
“No teniendo la condición de altos cargos los gerentes de ninguna empresa municipal, no serían de aplicación directa las previsiones de incompatibilidades así como las limitaciones previstas para los mismos tanto en la Ley estatal 3/2015, de 30 de marzo de altos cargos del Estado, como en la Ley autonómica 3/2005 de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía”, dice.
Además, se abunda en que el momento del cese como gerente de Ruiz, no existía una normativa local específica en el Ayuntamiento de Córdoba que estableciera un período de incompatibilidad para exdirectivos municipales. Aunque el nuevo Reglamento Orgánico Municipal, publicado en junio de 2025, sí clasifica a los gerentes de sociedades mercantiles municipales como órganos directivos y los somete al régimen de incompatibilidades, esta nueva regulación no modifica la situación de actos anteriores a esa fecha, como es este caso.
Asimismo, acerca de los contratos que Sadeco adjudicó a Contenur durante la gerencia de Ruiz, el informe señala que debería haberse demostrado que participó “de forma efectiva, condicionante, determinante y/o directa” en la toma de decisiones sobre dichos contratos y concluye que no consta ni se deduce dicha participación. La ausencia de esta influencia directa elimina la base para aplicar las prohibiciones de la Ley 3/2015 relativas a conflictos de interés.
Lo que sí establece el informe es que Francisco Ruiz incumplió la obligación de presentar sus declaraciones de actividades y causas de posible incompatibilidad, y de bienes y derechos patrimoniales al cesar en su cargo. Aunque sí las presentó al inicio de su gestión en Sadeco, no lo hizo al finalizar, a pesar de haber recibido dos notificaciones para ello del Ayuntamiento.
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