Este es el informe del secretario del Pleno sobre la Mezquita
http://www. slideshare. net/cordopolis/informe-del-secretario-del-ayuntamiento-de-crdoba-sobre-la-mezquita El funcionario insiste en que la inmatriculación del monumento es nula, que no se puede reclamar la propiedad por la cesión de Fernando III y que el Ayuntamiento se puede sentir perjudicado por el registro que hizo del bien la Iglesia
Ya es público. El polémico informe del secretario del Pleno del Ayuntamiento, Valeriano Lavela, sobre la propiedad de la Mezquita Catedral de Córdoba ha sido divulgado por el equipo de gobierno. Al mediodía, los grupos municipales que ayer lo demandaron lo conocieron, tal y como anunció anoche la alcaldesa, Isabel Ambrosio.
Tal y como publicó este periódico, el secretario sostiene en los 17 folios de su informe la tesis de que el acto por el que el rey Fernando III entregó al obispo Lope de Fitero las llaves de la Mezquita el 30 de junio de 1236 “podría entenderse y calificarse” como “nula de pleno derecho”. Lavela apela al Derecho Romano, concretamente al libro II. Así, según la interpretación del secretario municipal, las Res extra commercium son las cosas no susceptibles de relaciones jurídico-patrimoniales “por mandato de la norma divina o por disposición de la ley”. Así, la Mezquita se encuadraría en la Res divini iuris: sacrae, religiosae, sanctae.
En su informe, centrado en todos los hechos históricos que han rodeado al monumento, el secretario concluye que “sobre la Mezquita Catedral la Iglesia Católica exclusiva y únicamente ostentaría y conservaría las potestades reales relativas a la custodia, conservación, administración y uso para fines litúrgicos y de culto por voluntad expresa del rey Fernando III el 30 de junio del año 1236 tras la conquista de la ciudad”.
El funcionario habilitado por el Estado asegura que ahora “procedería” que la alcaldesa “elevara el contenido del presente informe a la Asesoría Jurídica municipal”, algo que ya ha ocurrido, para que “pueda analizar su contenido y, en su caso, proponer al Pleno municipal el ejercicio de las acciones que correspondan en la vía judicial que proceda”. De hecho, Valeriano Lavela considera que el Ayuntamiento “puede entender lesionados sus legítimos intereses o derechos, así como los legítimos intereses o derechos de la ciudadanía”.
La entrega de las llaves por parte de Fernando III al obispo no es el único argumento que utiliza Valeriano Lavela para considerar que la inmatriculación del monumento es “nula” de pleno derecho. Así, entiende que en el monumento se instalaron capillas reales (hubo dos reyes de Castilla enterrados) y que los Reyes Católicos negaron un permiso para construir la Catedral, que posteriormente concedió Carlos V (y se arrepintió).
Además, el funcionario considera que “la consagración religiosa no es, jurídicamente, un modo de adquirir la propiedad”. En este sentido, asegura que si así fuera “la Sagrada Familia de Barcelona habría pasado a poder del Estado Vaticano desde que fue bendecida por el Papa” y que “hemos de tener en cuenta que los bienes de dominio público no se adquieren por la posesión en el tiempo”.
Por último, el secretario del Pleno entra en el asunto “de incalculable valor interpretativo” de la declaración de la Unesco como “bien de valor universal excepcional”. Según Lavela, esta declaración supone que estos monumentos tienen “y tendrán un único dueño y legítimo titular”, “los ciudadanos y ciudadanas del mundo pertenecientes a cualquier tiempo o época pasada, presente o venidera sin distinción de pueblos, naciones, culturas o razas”.
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