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Sobre este blog

Soy cordobesa, del barrio de Ciudad Jardín y ciudadana del mundo, los ochenta fueron mi momento; hiperactiva y poliédrica, nieta, hija, hermana, madre y compañera de destino y desde que recuerdo soy y me siento Abogada. 

Pipí Calzaslargas me enseñó que también nosotras podíamos ser libres, dueñas de nuestro destino, no estar sometidas y defender a los más débiles. Llevo muchos años demandando justicia y utilizando mi voz para elevar las palabras de otros. Palabras de reivindicación, de queja, de demanda o de contestación, palabras de súplica o allanamiento, y hasta palabras de amor o desamor. Ahora y aquí seré la única dueña de las palabras que les ofrezco en este azafate, la bandeja que tanto me recuerda a mi abuela y en la que espero servirles lo que mi retina femenina enfoque sobre el pasado, el presente y el futuro de una ciudad tan singular como esta. 

¿ Mi vida ? … Carpe diem amigos, que antes de lo deseable, anochecerá.

Mi Maricarmen (II)

Imagen que acompaña al post.

Magdalena Entrenas

24 de octubre de 2026 20:00 h

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Después de la ley de arrendamientos de 1964, llegó el famoso decreto Boyer, tan socialista como liberalizador del mercado de la vivienda. En 1985 se puso fin a la duración indefinida de los contratos y a las rentas sin posibilidad de subida. Pero la irretroactividad de ese decreto mantuvo intocables los contratos anteriores. Los llamados de renta antigua. 

Con el devenir del tiempo se creó una situación manifiestamente injusta, tanto por un extremo, como por el otro. Ni era de recibo la voracidad del decreto, dado que el inquilino iba a la calle a gusto del arrendador y las rentas se habían disparado, ni era justo que los contratos de renta antigua siguieran renovándose sin límite y sin actualización de las rentas. 

Para poner orden y equilibrio en un panorama tan insostenible, llegó la muy necesaria ley de arrendamientos urbanos en 1994. A los contratos se les fijó una duración mínima de cinco años, prorrogables tres más y se acordó la actualización de las rentas con el IPC.  Inquilinos protegidos. Y, para los contratos de renta antigua, se fijó un régimen progresivo (en 10 años) de actualización de esas rentas congeladas, limitándose las posibles subrogaciones del contrato. 

En 1994, aquella pareja de inquilinos jóvenes y estupendos que ya les conté habían estrenado un piso de mis padres en régimen de alquiler en 1976, habían tenido ya un hijo, comprado coche nuevo y mejorado ostensiblemente su economía, pero seguían pagando exactamente la misma renta que pagaban el primer año. Sí, como lo oyen, en 18 años que habían pasado, con una economía española muy distinta, la renta que seguían cobrando mis padres era la misma, 5.000 pesetas. 

Estos ventajistas inquilinos se opusieron a la actualización de la renta prevista en la nueva ley de 1994. Les dijeron a mis padres que no cumplían los requisitos, que sus ingresos estaban por debajo del mínimo, que ella no trabajaba y bla, bla ... Y mis padres se lo tragaron y decidieron no llevarlos a los tribunales. Sí, créanme, hay propietarios a los que desahuciar a una familia no les resulta plato de gusto y les diría que ni siquiera una opción. 

Años más tarde falleció el inquilino y la esposa se subrogó en el contrato. Y, de nuevo, la negativa a que la renta tuviera una subida decente, más allá del IPC. Mis padres otra vez lo dejaron pasar porque, si no lo habían hecho antes, ¡cómo iban a echar ahora a la “pobre viuda”! Luego llego la muerte de mi padre y mi madre, ya mayor, no quiso pleito y, ahora, tras la muerte de mi madre, mi hermano y yo resulta que nos hemos convertido en propietarios de un piso estupendo, los que ya ni se construyen, que nos cuesta el dinero, dado que percibimos la fantástica y singular renta de noventa y nueve euros con cero seis céntimos. Sí, como lo oyen. 

De 1976 a 2026, aquella “renta antigua” (yo diría que pleistocénica) ha pasado de 30 euros en 1976, a 99 euros a los 50 años… ¿Qué les parece? Mi hermano siempre fue mejor persona que yo y quiere dejar estar el asunto hasta que nuestra inquilina fallezca. A mí, lo confieso, cada vez que veo el ingreso mensual de los 99 euros me salen alas de fondo buitre.

Y así estamos: ella negándose a cualquier propuesta, incluida la que le garantiza quedarse en el piso hasta que fallezca, a cambio de pagar siquiera 300 euros al mes que nos compensen las pérdidas y yo conteniendo cada día mis alas leonadas para no ejercitar el desahucio, aun teniendo cauce legal para ello … ¿Qué harían ustedes? 

Quiero ir a la huelga. Reivindico que el dinero público no corra como la espuma, si antes no le han dado una vivienda pública a mi Mari carmen. A todas las Mari carmen. A mí no me corresponde. 

Sobre este blog

Soy cordobesa, del barrio de Ciudad Jardín y ciudadana del mundo, los ochenta fueron mi momento; hiperactiva y poliédrica, nieta, hija, hermana, madre y compañera de destino y desde que recuerdo soy y me siento Abogada. 

Pipí Calzaslargas me enseñó que también nosotras podíamos ser libres, dueñas de nuestro destino, no estar sometidas y defender a los más débiles. Llevo muchos años demandando justicia y utilizando mi voz para elevar las palabras de otros. Palabras de reivindicación, de queja, de demanda o de contestación, palabras de súplica o allanamiento, y hasta palabras de amor o desamor. Ahora y aquí seré la única dueña de las palabras que les ofrezco en este azafate, la bandeja que tanto me recuerda a mi abuela y en la que espero servirles lo que mi retina femenina enfoque sobre el pasado, el presente y el futuro de una ciudad tan singular como esta. 

¿ Mi vida ? … Carpe diem amigos, que antes de lo deseable, anochecerá.

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