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Las nuevas normas de comercialización en el aceite de oliva

Redacción Cordópolis

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Parece que el Plan de Acción del Aceite de Oliva, puesto en marcha el año pasado por parte del Comisario de Agricultura Europeo, comienza a realizar acciones. Hace unas semanas Bruselas autorizaba el cambio de las normas de comercialización del aceite de oliva, y que fueron votadas en el Comité de Gestión, con la intención de que entren en vigor a primeros del próximo año. Así,  las modificaciones a las que me refiero afectan al envasado y etiquetado, intentando fomentar la calidad y la seguridad de los consumidores. Por ejemplo, el aceite de oliva que se vende al canal Horeca, (hoteles y restaurantes), además de ir adecuadamente envasado, tiene que disponer de un tapón, con un dispositivo que impida la reutilización del envase, una vez agotado el aceite.  La idea es buena, aunque tiene el inconveniente, que las firmas envasadoras al no poder distinguir muchas veces a dónde se dirige el producto, terminarán utilizando el tapón irrellenable, para todo su envasado, tanto el que se dirige al canal Horeca, como el que se dedica al consumidor habitual, y al no poder reutilizar el envase, se derrochará más en envases, contraviniendo uno de los principios de sostenibilidad, el de reciclar y reutilizar. En fin todo sea por la calidad y por luchar contra el fraude.

Otra de las cuestiones que se van a aprobar es la designación del nombre comercial del producto en el mismo campo visual y con el mismo tipo de letra, y con un tamaño visible, con lo que nos ahorraremos llevar gafas de lectura para ver la letra pequeña. La vitamina E, los polifenoles y el ácido oleico podrán destacarse en estas etiquetas, por sus propiedades saludables. Recordemos que esta era una de las demandas que el sector productos llevaba tiempo solicitando, y en mi opinión una de las más importantes de estos cambios, el poder anunciar los efectos beneficiosos para la salud, reduciendo el riesgo de enfermedad y favoreciendo el crecimiento y desarrollo de la infancia. La vitamina E,  protege a las células de nuestro organismo, frente a la oxidación, y en cuanto a los polifenoles, contribuyen a la protección de los lípidos de la sangre, frente  al daño oxidativo.

La normativa detallará que para poder usar esta declaración, el aceite de oliva tiene que contener un mínimo de estas sustancias, y por supuesto, habrá que detallar que para que el consumidor pueda obtener el efecto beneficioso, tiene que tomar al cabo del día, un consumo al menos de 20 gramos de aceite de oliva.

Otra alegación saludable que también se podrá usar es la relativa al ácido oleico, que es una grasa insaturada, con lo cual en la dieta contribuye a mantener adecuadamente los niveles de colesterol sanguíneo. El ácido oleico, es un componente primordial de los aceites de oliva.

Todas estas cuestiones se estudiarán a lo largo de este año, y algunas otras que están siendo examinadas.

Y para terminar, otra cuestión que era muy demandada, la relativa a la obligación de reflejar en la etiqueta, las condiciones de una conservación adecuada del aceite,  de forma que se evite su exposición a la luz y al calor, que pueden alterar el producto.

Son en resumen unas buenas iniciativas, y esperemos que la Comisión lo realice adecuadamente, además de esa Campaña de control, que parece ser que se va a poner en marcha este próximo año, para combatir el fraude, en aras de la calidad del producto, reforzando el sistema de sanciones.  Veremos a ver si todas estas cuestiones se concluyen adecuadamente, una vez pasen por todos los controles burocráticos en Bruselas.

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